Resolución ejecutiva número 194 de 2023, por la cual se declara la existencia de negociaciones y diálogos de carácter político con la organización armada rebelde Ejército de Liberación Nacional ELN y se dictan otras disposiciones - 8 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 938631362

Resolución ejecutiva número 194 de 2023, por la cual se declara la existencia de negociaciones y diálogos de carácter político con la organización armada rebelde Ejército de Liberación Nacional ELN y se dictan otras disposiciones

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín52450

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 4 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014, 1779 de 2016, 1941 de 2018 y 2272 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 22 de la Constitución Política dispone que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, y es obligación del Gobierno nacional garantizar el derecho a la paz conforme a los artículos 2, 22, 93 y 189 de la Constitución;

Que el artículo 188 de la Constitución señala que el Presidente de la República simboliza la unidad nacional y al jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, se obliga a garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos;

Que de conformidad con el numeral 4 del artículo 189 de la Constitución Política corresponde al Presidente de la República como jefe de Estado, jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa, conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado;

Que los artículos 1º y 2º de la Ley 2272 de 2002 señalan que la política de paz total es una política de Estado "prioritaria y transversal en los asuntos de Estado, participativa, amplia, incluyente e integral, tanto en lo referente a la implementación de acuerdos, como con relación a procesos de negociación, diálogo y sometimiento a la justicia".

Que de conformidad con el aparte (i) del literal c) del artículo de la Ley 2272 de 2022, en el marco de la política de paz, el Gobierno nacional podrá tener negociaciones con el Ejército de Liberación Nacional ELN para adelantar "diálogos de carácter político, en los que se pacten acuerdos de paz",

Que el artículo 10 de la Ley 418 de 1997, modificada, adicionada y prorrogada por la Ley 2272 de 2022, establece que la dirección de la política de paz corresponde al Presidente de la República como responsable de la preservación del orden público en toda la Nación;

Que en virtud del parágrafo 8º del artículo de la Ley 418 de 1997, modificado por el artículo 5º de la Ley 2272 de 2022, la dirección de todo tipo de acercamientos, conversaciones, negociaciones y diálogos de paz con organizaciones armadas corresponde exclusivamente al Presidente de la República como responsable de la preservación del orden público en toda la Nación.

Que el Alto Comisionado de Paz y miembros del Ejército de Liberación Nacional (ELN), como resultado de los acercamientos exploratorios, el día 4 de octubre de 2022, desde la ciudad de Caracas de la República Bolivariana de Venezuela anunciaron la reanudación del diálogo y negociaciones de paz entre el ELN y el Gobierno nacional, mediante la Mesa de Diálogo que fuera inicialmente instalada en el marco de la Resolución número 47 del 6 de...

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