Resolución Misional Nº 0182 de Secretaria Distrital de Planeación, 02-02-2016 - Normativa - VLEX 816486841

Resolución Misional Nº 0182 de Secretaria Distrital de Planeación, 02-02-2016

Fecha02 Febrero 2016
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
1
BOGOTÁ
PARA TODOS
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www.sdp.gov.co
Info.: Línea 195
SC- R259292 CO-9C-CER259
GP-CER259293
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIA DE PLANEACIÓN
RESOLUCIÓN N.°
0
1 8 2
0
2 FEB. 2016
"Por la cual se deciden un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución N.° 1419 del 30
de noviembre de 2015
"Por la cual se legaliza el Desarrollo ATENAS SUR ORIENTAL IV SECTOR,
ubicado en la Localidad N.° 04 San Cristóbal, en el Distrito Capital", expedida por la Secretaría
Distrital de Planeación"
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 478, numeral 5 del
Decreto Distrital 190 de 2004, 238 del Acuerdo Distrital 6 de 1990, 5 y 19 del Decreto Distrital
510 de 2010, los literales h) y n) del artículo 4° del Decreto Distrital 016 de 2013, el Decreto
Distrital 117 del 01 de abril de 2014 y Decreto Distrital 001 de 1 de enero de 2016,
CONSIDERANDO
"Por medio de la cual se expide el Decreto único
Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio", se compilaron los artículos 122 y siguientes del
Decreto Nacional 564 de 2006, facultando a la Administración Distrital para reconocer la
existencia de los estos asentamientos constituidos por viviendas de interés social, aprobar los
planos y expedir su reglamentación urbanística.
Que el artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004, define la legalización como: "(...)
el
procedimiento mediante el cual la Administración Distrital, reconoce, aprueba planos, regulariza y expide la
reglamentación, para los desarrollos humanos realizados clandestinamente, que sin perjuicio de lo dispuesto en el
régimen de transición, a la fecha de expedición del presente plan, cumplan con las condiciones exigidas por la
normatividad nacional".
Que el artículo 29 del Decreto Distrital 510 de 2010, estableció el trámite para que los
desarrollos humanos de origen informal ubicados en cualquier suelo, que cuenten con orden de
legalización expedida con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Distrital 619 de
2000, se resuelvan de conformidad con las normas urbanísticas contenidas en el Acuerdo 6 de
1990 y sus decretos reglamentarios.
Que mediante el Decreto Distrital 483 de 1994 se ordenó adelantar el proceso de legalización
urbanística de los desarrollos constituidos por vivienda de interés social, existentes con

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