Resolución Misional Nº 0715 de Secretaria Distrital de Planeación, 23-06-2015 - Normativa - VLEX 816479253

Resolución Misional Nº 0715 de Secretaria Distrital de Planeación, 23-06-2015

Fecha23 Junio 2015
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
ISO 1201
.Q.Irmnisrc
ALCALDIA
DE BOGOTÁ or
ISECIIETARIA DE PLIMEACIÓN
RESOLUCIÓN No.
0 7 1 5
DE 2015
2 3 JUN. 7015
"Por la cual se legaliza el Desarrollo ALTAMIRA 2010, ubicado en la Localidad No. 04
San Cristóbal, en el Distrito Capital"
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 5° del
artículo 478 del Decreto Distrital 190 de 2004, el artículo 238 del Acuerdo Distrital 6 de
1990, los artículos 5 y 24 del Decreto Distrital 510 de 2010 y los literales h y n del artículo 4
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 122 del Decreto Nacional 564 de 2006 se facultó a la
Administración Distrital para reconocer la existencia de los asentamientos humanos
constituidos por viviendas de interés social, aprobar los planos y expedir su reglamentación
urbanística.
Que el artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004, Plan de Ordenamiento Territorial —
POT, define la legalización como
"(...) el procedimiento mediante el cual la Administración Distrital
reconoce, aprueba planos, regulariza y expide la reglamentación, para los desarrollos humanos realizados
clandestinamente que sin perjuicio de lo dispuesto en el régimen de transición a la fecha de expedición del
presente plan, cumplan con las condiciones exigidas por la normatividad nacional."
Que según lo establecido en el numeral 5° del artículo 478 del Decreto Distrital 190 de 2004,
los barrios, asentamientos y desarrollos en general, que de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 237 del Acuerdo Distrital 6 de 1990, y cuenten con orden de legalización proferida
por el Alcalde Mayor a la entrada en vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial, esto es,
el 28 de julio de 2000, podrían iniciar y concluir el proceso de legalización ante el entonces
Departamento Administrativo de Planeación Distrital — DAPD, hoy Secretaría Distrital de
Planeación — SDP, bajo las normas del Acuerdo 6 de 1990.
Que el artículo 29 del Decreto Distrital 510 de 2010 estableció el trámite para que los
desarrollos humanos de origen informal ubicados en cualquier suelo, que cuenten con orden
de legalización expedida con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Distrital 619
de 2000, se resuelvan con base en las normas urbanísticas contenidas en el Acuerdo 6 de
1990 y sus decretos reglamentarios.
SC•CER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293
BOGOTÁ
Carrera
30
N.
25 -
90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www, sd p. gov.co
Info.: Línea 195
1SO 9001
41, icantec
1
1
1
ALGALD
DE BOGA=
SISCRETAMA CIE PIldiEACiók
RESOLUCIÓN No.
0 7 1
SDE 2015
2 3
JUN.
2015
Hoja No. 2 de 30
Continuación de la resolución
"Por la cual se legaliza el Desarrollo
ALTAMIRA 2010
ubicado en la Localidad No. 04
San Cristóbal, en el Distrito Capital"
Que mediante el Decreto Distrital 483 de 1994, se ordenó adelantar el proceso de
legalización urbanística de los desarrollos constituidos por vivienda de interés social,
existentes con anterioridad al 31 de diciembre de 1990, ubicados en áreas urbanas y
suburbanas del Distrito Capital.
Que a la Secretaría Distrital del Hábitat conforme al literal j) del artículo 17 del Decreto
Distrital 121 de 2008, se le asignó la función de coordinar la operatividad del proceso de
legalización y regularización de desarrollos, asentamientos o barrios localizados en el
Distrito Capital, previo a la presentación ante la Secretaría Distrital de Planeación para su
aprobación o improbación, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.
Que los literales a) y b) del artículo 10° del Decreto Distrital 016 de 2013, asignan a la
Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios la función de
"a. Realizar los
estudios urbanísticos para la legalización y/o regularización urbanística de asentamientos humanos de origen
informal y presentarlos a la comunidad" y "b. Elaborar la reglamentación urbanística de los desarrollos a
legalizar y/o regularización urbanística de asentamientos humanos de origen informal y los respectivos
proyectos de los actos administrativos".
Que de conformidad con el artículo 126 del Decreto Nacional 564 de 2006, el desarrollo
denominado
"Altamira 2010"
cuenta con la aerofotografía No. 3663, vuelo R-1131 del 1 de
octubre de 1990, certificada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi — (IGAC), que
prueba la existencia del asentamiento con anterioridad al termino máximo fijado por el
Decreto Distrital 483 de 1994.
Que en virtud de lo previsto en el artículo 127 del Decreto Nacional 564 de 2006, se
realizaron inspecciones oculares por parte de las Secretarías Distritales del Hábitat y de
Planeación, entidades que consignaron las condiciones del desarrollo en las Actas de Visita a
Terreno del 27 de enero de 2010 y del 1 de febrero de 2013, respectivamente.
Que de acuerdo con el artículo 127 ibídem, la Secretaría Distrital del Hábitat constató que el
desarrollo
"Altamira 2010"
presenta una estructura urbana definida y una consolidación del
98.02%.
Que en cumplimiento del artículo 126 del Decreto Nacional 564 de 2006, en concordancia
con el literal j) del artículo 17 del Decreto Distrital 121 de 2008, la Secretaría Distrital del
Hábitat, aportó la documentación necesaria para adelantar el trámite de legalización.
SC-C ER259292 CO-SC-CER259292 GP-CER259293
BO
GOTÁ
HurpNm
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www. sd p. g ov. cc)
Info.: Linea 195

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