Resolución Misional Nº 1069 de Secretaria Distrital de Planeación, 05-09-2014 - Normativa - VLEX 816487657

Resolución Misional Nº 1069 de Secretaria Distrital de Planeación, 05-09-2014

Fecha05 Septiembre 2014
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
1
11711/01
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1.5,8 y 13
PBX 335 8000
www.sdp.goeco
Info.: Linea 195
SC.CFA219292 CO.SCI.CER.,5925
,
2 GPZFR259292
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
SEV/ETAPI• OrPIANEAC.
1 0 6 9
0 5
SET. 2014
RESOLUCIÓN No.
"Por la cual
se decide una solicitud de revocatoria directa parcial presentada contra la Resolución
No
0806 del
11 de noviembre de 2005
"Por la cual se legalizan los desarrollos Casa Nueva y La Armonía, de la UPZ 84 BOSA
OCCIDENTAL (...)",
expedida por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, hoy Secretaría
Distrital de Planeación."
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 93
y.
siguientes del
Decreto Distrital 016 de 2013 y 1° del Decreto Distrital 231 del 03 de julio de 2014, teniendo en
cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES
Que el artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004, define la legalización como
"el procedimiento
mediante el cual la Administración Distrital, reconoce, aprueba planos, regulariza y expide la reglamentación, para
los desarrollos humanos realizados clandestinamente, que sin perjuicio de lo dispuesto en el Régimen de Transición
a la fecha de expedición del presente plan, cumplan con las condiciones exigidas por la normatividad nacional".
Que mediante el artículo 66 del Decreto Nacional 1600 de 2005
"Por el cual se reglamentan las
disposiciones sobre licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones, y legalización de asentamientos
humanos"
derogado por el Decreto 1469 de 2010, se facultó a la Administración Distrital para
llevar a cabo los procesos de legalización urbanística de los desarrollos de la ciudad, y mediante
Decreto Distrital 367 del 4 de octubre de 2005, derogado posteriormente por el Decreto Distrital
0510 de 2010, se reglamentó el procedimiento demás requisitos para la legalización de los
desarrollos humanos realizados clandestinamente.
Que de conformidad con la normatividad señalada, el entonces Departamento
Administrativo
de
Planeación Distrital, hoy Secretaría Distrital de Planeación, expidió la Resolución
No. 0806
del 11
de noviembre de 2005
"Por la cual se legalizan los desarrollos Casa Nueva y La Armonía,
de la
L'IV
84 BOSA
OCCIDENTAL, y se niega la legalización al desarrollo San José II Sector, DE La UPZ
87 TINTAL„SUR,
Localidad
07 Bosa, Bogotá D.C.".
Que el 08 de julio de 2014, a través de la radicación 1-2014-31618 el señor
Aristodemns Ramírez
Ramírez; identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.106.473, en calidad de propietario del
inmueble ubicado en la Carrera 89 Bis A No. 56 — 30 Sur de la Localidad de Bosa, identificado
con matrícula inmobiliaria 50S-40236925, presentó solicitud de revocatoria directa parcial de la
Resolución 0806 de 2005, indicando de manera general que el mencionado acto administrativo,
incorporó como bien de uso público en el inventario del Patrimonio Inmobiliario Distrital el
predio de su propiedad, que fue adquirido por él en el año 2011 sin que en el folio de matrícula se
registrara alguna limitación al derecho de dominio, y realizó las siguientes peticiones: (folios 1 a
18).
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTA D.C.
SECRETARIA OE PLANEAC1.
RESOLUCIÓN No. 1
0 6 9
0
5 SET. 2011,
"Por la cual se decide una solicitud de revocatoria directa parcial presentada contra la Resolución No 0806 del
11 de noviembre de 2005
"Por la cual se legalizan los desarrollos Casa Nueva y La Armonía, de la UPZ
84
BOSA
OCCIDENTAL (...)",
expedida por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, hoy Secretaría
Distrital de Planeación."
1. " Revocar de manera
directa
la
resolución 0806, proferida por el Departamento Administrativo de
Planeación Distrital,
hoy Secretaría Distrital de Planeación, donde ordeno (sic) incorporar
al
inventario de bienes de
uso público y del patrimonio inmobiliario distrital, el lote de terreno
ubicado
en la Carrera 89 BIS
A No. 56 — 30 Sur de la localidad de Bosa, distinguido con
matrícula
inmobiliaria numero
(sic) 50S-40236925, de la oficina de registro de instrumentos públicos
de
Bogota D.C. (sic) zona sur,
perteneciente a la UPZ 84.
2.
Como consecuencia de
lo anterior (sic) ordenar la entrega real inmediata de dicho
lote de terreno a
mi favor.
PETICIONES SUBSIDIARIAS
1. De manera subsidiaria
pido al Despacho se pague a mi favor el valor del inmueble.
2.
Se desembolse a mi
favor la correspondiente indemnización por todos los perjuicios causados
hasta
la
fecha.
Que el 14 de julio de
2014, mediante memorando No. 3-2014-11251, la Dirección de Trámites
Administrativos solicitó
a la Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios
que
se
realizara el estudio del
caso y se emitiera el correspondiente concepto técnico sobre los
argumentos que se
presentan en el escrito, indicando las razones por las cuáles no se realizó la
correspondiente inscripción
en el folio de matrícula inmobiliaria (folios 45 a 47).
Que el 11 de agosto de
2014, a través del memorando No. 3-2014-12803, la Dirección
de
Legalización y Mejoramiento
Integral de Barrios de la Secretaría Distrital de Planeación dio
respuesta a la referida
solicitud (folios 48 a 49).
Que corresponde a este
despacho decidir la solicitud de revocatoria directa parcial presentada por
el señor Aristodemus
Ramírez Ramírez contra la Resolución 0806 de 2005, a lo cual
procederá
previos los siguientes:
RAZONAMIENTOS DEL DESPACHO
1. Análisis sobre el cumplimiento de los requisitos formales para el estudio de la revocatoria
directa
1.1. Requisitos de procedibilidad
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www.sdp.gov.co
Info.: Linea 195
199,1,11
2

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