Resolución Misional Nº 1568 de Secretaria Distrital de Planeación, 18-12-2015 - Normativa - VLEX 816491153

Resolución Misional Nº 1568 de Secretaria Distrital de Planeación, 18-12-2015

Fecha18 Diciembre 2015
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
ALCALC/A MAYOR
DE BOGOTA D-C.
SECIIETAllíA Ce PLAN EACIffil
RESOLUCIÓN No.
1 5 6 8
DE 2015
1
8 DIC. 2015
"Por la cual se decide un trámite de legalización para el desarrollo EL MANANTIAL,
ubicado en la Localidad No. 04 de San Cristóbal en el Distrito Capital".
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 5° del
artículo 478 del Decreto Distrital 190 de 2004, los artículos 5 y 24 del Decreto Distrital 510
de 2010 y los literales h y n del artículo 4 del Decreto Distrital 16 de 2013, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 2.2.6.5.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015 se facultó a la
Administración Distrital para reconocer la existencia de los asentamientos humanos
constituidos por viviendas de interés social, aprobar los planos y expedir su reglamentación
urbanística.
Que el artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004, Plan de Ordenamiento Territorial -
POT, define la legalización como
"...el procedimiento mediante el cual la Administración Distrital,
reconoce aprueba planos, regulariza
y
expide la reglamentación, para los desarrollos humanos realizados
clandestinamente, que sin perjuicio de lo dispuesto en el régimen de transición, a la fecha de expedición del
presente Plan, cumplan con las condiciones exigidas por la normatividad nacional."
Que revisado el archivo documental de la Secretaria Distrital de Planeación, se encontró que
mediante referencia 9015471 del 23 de octubre de 1990, la comunidad presentó ante el
Departamento Administrativo Distrital de Planeación (Hoy Secretaría Distrital de
Planeación) solicitud para legalizar el desarrollo El Triangulo, allegando además dos (2)
planchas que incluían el perímetro del desarrollo, reflejando una situación de hecho ya
existente. Posteriormente el lindero del desarrollo El Triangulo fue modificado y dividido,
permaneciendo en la plancha 1 el Desarrollo el Triangulo y en la plancha 2 el Desarrollo el
Manantial.
Que mediante el Acuerdo 1 de 1986, se ordenó la legalización del desarrollo El Triangulo de
la Localidad de San Cristóbal (4), el cual de acuerdo con los antecedentes integra el
SC
-
C
ER259292 CO-S -GER 292 GR.-e ER259293
BOGOTÁ
HLR9RNF1
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www.
sdp.gov.co
Info.: Línea 195
ALCALDÍA MAYOR
DE
BOGOTA D.C.
1 5 6
E 2015
secReuRIA
De
PLMEACeeté
RESOLUCIÓN No.
1
8 DIC. 2015
Hoja No. 2 de 20
Continuación de la resolución
"Por la cual se decide un trámite de legalización para el desarrollo EL MANANTIAL,
ubicado en la Localidad No. 04 de San Cristóbal en el Distrito Capital".
asentamiento
El Manantial.
Que el Instituto de Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - INDERENA expidió el
Acuerdo 30 del 30 de septiembre de 1976, mediante el cual declaró y alinderó como Área de
Reserva Forestal Protectora el Bosque Oriental de Bogotá.
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por medio de la Resolución Ejecutiva
No. 76 de 1977 aprobó el Acuerdo 30 de 1976 del INDERENA y en consecuencia alindero
como área de Reserva Forestal Protectora, la zona denominada como "Bosque Oriental de
Bogotá".
Que el Acuerdo 6 de 1990 dividió el territorio del Distrito Capital en áreas urbanas,
suburbanas, rurales y zonas de reserva agrícola (artículo 161), siendo el área suburbana
dentro de los Sistemas Orográficos e Hídricos del Distrito, una categoría del suelo o franja
colindante con el área urbana, localizada en los Cerros Orientales (artículo 186).
Que el Acuerdo 6 de 1990 definió en el artículo 191,
"sectores de las áreas suburbanas susceptibles
de ser incorporados como áreas urbanas del Distrito Especial de Bogotá",
entre los que se señalan:
`V)
Los terrenos correspondientes a los barrios residenciales y desarrollos que ordenó legalizar el Acuerdo 1 de
1986 y que no hayan sido legalizados hasta la fecha de expedición del presente Acuerdo" y "j) Los sectores del
territorio distrital correspondientes a los asentamientos humanos de viviendas de interés social que se legalicen
en el futuro con arreglo al Artículo 48 de la Ley 9 de 1989."
Que en el artículo 236 ibídem, se estableció que,
"La legalización es el procedimiento mediante el
cual se adoptan las medidas administrativas encaminadas a reconocer oficialmente la existencia de un
asentamiento o edificio, a dar la aprobación a los planos correspondientes y a expedir la reglamentación
respectiva.
La legalización implicará, cuando fuere el caso, la incorporación al perímetro urbano de los sectores del
territorio distrital que comprendan las zonas, barrios, asentamientos, desarrollos o edificios legalizados y la
regularización urbanística de los asentamientos humanos, salvo cuando expresamente se excluyan los usos
urbanos en el acto de legalización."
Que en vigencia del Acuerdo 6 de 1990, se radicó el proceso de legalización del desarrollo El
Manantial de la localidad de San Cristóbal, ubicado fuera del perímetro urbano de Bogotá, en
el área señalada por este acuerdo como suburbana de preservación del sistema Orográfico.
SC.CER259292 CO-SC-CER259 2 GP-CER259293
1
,15
92
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos 1,5,8y 13
PBX 335 8000
www.sdp,gov.co
Info.. Linea 195

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