Resolución Misional Nº 1889 de Secretaria Distrital de Planeación, 28-12-2016 - Normativa - VLEX 816478513

Resolución Misional Nº 1889 de Secretaria Distrital de Planeación, 28-12-2016

Fecha28 Diciembre 2016
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
.st)
9001
SC-CER259292
CO-SC-CER259292
ALCALIA
MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
moltimUmmmuarm
RESOLUCIÓN No.
1 8 8 9
DE 2016
2 8
DiC.2M
"Por la cual se
legaliza el desarrollo AZUCENA I, ubicado en la Localidad 'No. 07 13osa,
en el Distrito Capital"
EL SECRETARIO DISTRITAL DE PLANEACIÓN (E)
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 238 del
Acuerdo Distrital 6 de 1990, el numeral 5° del artículo 478 del Decreto Distrital 190 de 2004,
el Decreto Distrital 510 de 2010, los artículos 11 y 30 del Decreto Distrital 476 de 2015 y los
literales h), n) y ñ) del artículo 4° del Decreto Distrital 016 de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 458 del Decreto Distrital 190 de 2004 — Plan de Ordenamiento Territorial
POT, define la legalización como: "(...)
el procedimiento mediante el cual la Administración
Distrital reconoce, aprueba planos, regulariza y expide la reglamentación, para los desarrollos
humanos realizados clandestinamente, que sin perjuicio de lo dispuesto en el régimen de transición,
a la fecha de expedición del presente plan, cumplan con las condiciones exigidas por la normatividad
nacional."
Que según lo establecido en el numeral 5° del artículo 478 ibídem, los barrios, asentamientos
y desarrollos en general, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 237 del Acuerdo
Distrital 6 de 1990 cuenten con orden de legalización proferida por el Alcalde Mayor a la
entrada en vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial, esto es, el 28 de julio de 2000,
podrán iniciar y concluir el proceso de legalización ante el entonces Departamento
Administrativo de Planeación Distrital
DAPD, hoy Secretaría Distrital de Planeación
SDP, bajo las normas del Acuerdo 6 de 1990 y sus decretos reglamentarios.
Que en sujeción a lo anteriormente señalado, el desarrollo
"Azucena I"
cuenta con orden de
legalización de conformidad a lo establecido en el Decreto Distrital 483 de 1994, el cual
dispuso adelantar el proceso de legalización urbanística de los desarrollos constituidos por
vivienda de interés social, existentes con anterioridad al 31 de diciembre de 1990, ubicados
en áreas urbanas y suburbanas del Distrito Capital.
"Por inedia del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio'',
se colilPilaron los artículos 122 y
siguientes del Decreto Nacional 564 de 2006, relativos a la legalización urbanística de
asentamientos humanos, los cuales conservan los mismos textos, motivo por el cual en el
presente acto administrativo se hará referencia al mencionado Decreto.
Carrera 30 N. 25 - 90
Código Postal 111311
Pisos t5.8 y 13
PBX 335 8000
www.sdp.gov.co
Info.: Línea 195
BoGOTA
PARA
$00114W
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTA D.C.
SECRETARIA DE PLMEACIC«
RESOLUCIÓN No.
1 8 8 9
DE
2016
8 DIC. 2915
Hoja No. 2
de 28
Continuación
de la resolución "Por la cual se
legaliza el desarrollo ZUCENA I,
ubicado en la Localidad
No. 07 Bosa, en el Distrito
Capital"
Que en el
Administración Distrital para reconocer la existencia de los asentamie
constituidos por viviendas de interés social, aprobar los planos
y
expedir su r
urbanística.
Que como prueba para establecer la fecha de la ocupación del asentamiento, s
aerofotografía No. 90, vuelo R-1131 del 1° de octubre de 1990, certificada
Geográfico Agustín Codazzi — I GAC, que evidencia la existencia del desarroll
e
con anterioridad al termino máximo fijado por el Decreto Distrital 483 de 1994
S
facultó a la
tos humanos
glamentación
cuenta con la
r el Instituto
"Azucena I",
Que en cuanto al procedimiento aplicable a los asentamiento humanos de orimn informal, el
parágrafo del artículo 34 del Decreto Distrital 476 de 2015 señala:
"Los desarrollos que
cuenten con auto de inicio de la Secretaría Distrital de Planeación con anterioridad
vigencia del presente Decreto, continuarán su trámite bajo las normas vigentes al
expedición de dicho auto", por lo cual, teniendo en cuenta que el Auto de Inicio
legalización del Desarrollo
"Azucena I"
fue emitido el 30 de junio de 201
anterioridad a la expedición del precitado Decreto, se evidencia que a la presen
es aplicable el trámite previsto en el Decreto Distrital 510 de 2010.
la entrada en
omento de la
del trámite de
, esto es, con
:e actuación le
Que el artículo 29 del Decreto Distrital 510 de 2010 estableció que el trámite para que
los
desarrollos humanos de origen informal ubicados en cualquier suelo, que cuenten con orden
de legalización expedida con anterioridad a la entrada en vigencia del Decret Distrital 619
de 2000 se resolverán con base en las normas urbanísticas contenidas en el cuerdo 6 de
1990 y sus decretos reglamentarios.
Que a la Secretaría Distrital del Hábitat se le asignó la función de coordinar 1 operatividad
del proceso de legalización y regularización de desarrollos, asentamien os o barrios
localizados en el Distrito Capital, previo a la presentación ante la Secretar a Distrital de
ri
Planeación para su aprobación o no aprobación, conforme a lo dispuesto e la normativa
vigente.
Que los literales a) y b) del artículo 10 del
Decreto
Distrital 016
de 2013
"Por la cual se
adopta la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras
asignan a la Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios,
siguientes funciónes:
"a. Realizar los estudios urbanísticos para la legalización y/
urbanística de asentamientos humanos de origen informal y presentarlos a la co
i
Elaborar la reglamentación urbanística de los desarrollos a legalizar y/o regulariza
d
d
isposiciones ",
ntre otras, las
regularización
unidad"
y
"b.
ión urbanística
S•-CER259292 CO-SC-CER,259292 GP-CER259293
soGO
Á
MEJOR
PARA
TODOS
Carrera 30 N. 25 - 90
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Pisos 1,5,8 y 13
PBX 335 8000
www.sdp.gov.co
Info.: Línea 195

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