Resolución N° 0002 de la Gobernación del Casanare, 04-01-2023 - Normativa - VLEX 919839660

Resolución N° 0002 de la Gobernación del Casanare, 04-01-2023

Número de resolución0002
Año2023
Fecha04 Enero 2023
EmisorDespacho del Gobernador
A
2
-0007?
A
nn
RESOLUCIÓN
N2
Y
Y
Y
*
DE
05
ENE
JUE
Por
la
cual
se
autoriza
una
transferencia
por
los
rendimientos
financieros
generados
en
los
meses
de
octubre
a
diciembre
de
2022,
por
el
manejo
de
los
recursos
de
Fondos
del
Sistema
General
de
Regalías
del
departamento
de
Casanare
100.15.15
LA
GOBERNADORA
DE
CASANARE
(E)
En
uso
de
sus
facultades
Constituciones,
legales,
en
especial
las
conferidas
en
el
numeral
primero
del
Artículo
305
de
la
Nacional
y,
CONSIDERANDO
Que
el
numeral
primero
del
artículo
305
establece
que
son
atribuciones
del
gobernador,
la
de
“1.
Cumplir
y
hacer
cumplir
la
Constitución,
las
leyes,
los
decretos
del
Gobierno
y
las
ordenanzas
de
las
Asambleas
Departamentales.
*
Que
el
artículo
primero
establece
que
la
2020,
tiene
por
objeto:
“Conforme
con
lo
dispuesto
por
el
artículo
360
y
361
de
la
la
presente
ley
tiene
por
objeto
determinar
la
distribución,
objetivos,
fines,
administración,
ejecución,
control,
el
uso
eficiente
y
la
destinación
de
los
ingresos
provenientes
de
la
explotación
de
los
recursos
naturales
no
renovables precisando
las
condiciones
de
participación
de
sus
beneficiarios.
Este
conjunto
de
ingresos,
asignaciones,
órganos,
procedimientos,
y
regulaciones
constituye
el
Sistema General
de
Regalías”
Que
a
través
de
la
Circular
0013-4
del
19
de
abril
de
2021
el
Departamento
Nacional
de
Planeación
DNP,
impartió
las
siguientes
orientaciones:
“(...)
en
el
marco
de
las
competencias
de
administración
del
Sistema
de
Seguimiento,
Evaluación
y
Control
(SSEC)
del
Sistema
General
de
Regalías,
previstas
en
los
artículos
9
y
165
de
la
y
en
el
artículo
26
del
2017,
a
través
del
presente
instrumento
imparte
lineamientos
orientativos
a
los
Representantes
Legales,
ordenadores
del
gasto
y
Jefes
de
Control
interno
de
las
entidades
beneficiarias
y
ejecutoras
de
proyectos
financiados
con
recursos
del
Sistema General
de
Regalías
SGR,
para
el
entendimiento
y
aplicación
de
la
reforma
contenida
de
la
2020”.
Que
el
numeral
3.2.
de
la
Circular
0013-4
del
19
de
abril
de
2021
del
Departamento
Nacional
de
Planeación,
establece:
“Los
rendimientos
financieros
generados
en
las
cuentas
maestras
por
Asignaciones
Directas
y
Fondos
deberán
reintegrarse
trimestralmente
a
la
Cuenta
Única
del
Sistema
General
de
Regalías,
de
conformidad
con
los
lineamientos
definidos
por
el
Ministerio
de
Hacienda
y
Crédito
Público”.
Que
la
Circular
Externa
023
del
18
de
octubre
de
2019,
emitida
por
la
Subdirección
de
Operaciones
del
Ministerio
de
Hacienda
y
Crédito
Público,
establece
que
los
rendimientos
inerulciós
que
generen
los
recursos
del
Sistema
General
de
Regalías
(SGR)
diferentes
ko
"Carrera
20
N*
8-02,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6333963,
Ext.
1701,
Xopal,
Casanare
1de
3
:
www
.casanare.gov.co
-
despacho(ODcasanare.gov.c

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