Resolución N° 0102 de la Gobernación del Casanare, 20-01-2023 - Normativa - VLEX 923355179

Resolución N° 0102 de la Gobernación del Casanare, 20-01-2023

Número de resolución0102
Fecha20 Enero 2023
EmisorSecretaría de Salud
Ni1:892099216-6
RESOLUCIÓN
No.
0102.
20
ENE
2023
Por
medio
de
la
cual
se
justifica
la
celebración
de
un
Contrato
mediante
la
modalidad
de
Contratación
Directa
800
15
15
LA
SECRETARIA
DE
SALUD
En
uso
de
sus
atribuciones
constitucionales
y
legales,
en
especial
las
facultades
establecidas
en
el
Decreto
Departamental
0228
de
2017
y,
CONSIDERANDO:
Que
la
Constitución
Política
en
su
artículo
209,
dispone:
“La
función
administrativa
está
al
servicio
de
jos
intereses
generales
y
se
desarrolla
con
fundamento
en
los
principios
de
igualdad,
moralidad,
eficacia,
economía,
celeridad,
imparcialidad
y
publicidad,
mediante
la
descentralización,
la
delegación
y
la
desconcentración
de
funciones.
Las
autoridades
administrativas
deben
coordinar
sus
actuaciones
para
el
adecuado
cumplimiento
de
los
fines
del
Estado”.
Que
el
artículo
2*
de
la
ley
1150
de
2007,
establece
“De
las
modalidades
de
selección.
La
escogencia
del
contratista
se
efectuará
con
arreglo
a
las
modalidades
de
licitación
pública,
selección
abreviada,
concurso
de
mérito
y
contratación
directa,
con
base
en
las
siguientes
reglas:”.
(...) “4.
Contratación
Directa.
La
modalidad
de
selección
de
contratación
directa
solamente
procederá
en
los
siguientes
casos”.
(...)“c),
Inciso
1o.
modificado
por
el
artículo
92
de
la
Ley
1474
de
2011.
Contratos
interadministrativos,
siempre
que
las
obligaciones
derivadas
del
mismo
tengan
relación
directa
con
el
objeto
de
la
entidad
ejecutora
señalado
en
la
ley
o
en
sus
reglamentos.
Se
exceptúan
los
contratos
de
obra,
suministro,
prestación
de
servicios
de
evaluación
de
conformidad
respecto
de
las
normas
o
reglamentos
técnicos,
encargos
fiduciarios
y
fiducia
pública
cuando
las
instituciones
de
educación
superior
públicas
o
las
Sociedades
de
Economía
Mixta
con
participación
mayoritaria
del
Estado,
o
las
personas
jurídicas
sin
ánimo
de
lucro
conformadas
por
la
asociación
de
entidades
públicas,
o
las
federaciones
de
entidades
territoriales
sean
las
ejecutoras.
Estos contratos
podrán
ser
ejecutados
por
las
mismas,
siempre
que
participen
en
procesos
de
licitación
pública
o
contratación
abreviada
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
por
los
numerales
1
y
2
del
presente
artículo.”
Que
en
el
artículo
49 de
la
Constitución
Política
Nacional
y
el
artículo
194
de
la
Ley
100
de1993
y
la
Ley
489
/94
establecen
que
la
prestación
del
servicio
de
la
salud
está
a
cargo
del
Estado;
la
Ley
715
establece
que
las
Direcciones
Departamentales
de
Salud
deben
gestionar
la
prestación
de
los
servicios
de
salud,
de
manera
oportuna
eficiente
y
con
calidad
a
la
población
que
resida
en
su
jurisdicción.
La
resolución
001478
del
10
de
mayo
2.006,
articulo
74,
establece
que
la
distribución
y
venta
de
los
medicamentos
de
control
especial
monopolio
del
Estado,
se
hará
a
través
de
la
U.A.E.
Fondo
Nacional
de
Estupefacientes
del
Ministerio
de
la
Protección
Social,
o
por
los
Fondos
Rotatorios
de
Estupefacientes
a
nivel
Departamental.
El
artículo
75 de
la
misma
resolución
dice
que
para
el
uso
ambulatorio
e
intrahospitalario
de
medicamentos
monopolio
del
Estado,
las
EPS,
ARS,
instituciones
prestadoras
de
servicios
de
salud,
establecimientos
farmacéuticos,
deben
inscribirse
en
la
Unidad.
Administrativa
Especial
Fondo
Nacional
de
“Estupefacientes
o
en
los
Fondos
Rotatorios
de
Estupefacientes
a
nivel
Departamental
quien
expedirá
el
correspondiente
acto
administrativo.
El
artículo
5,
en
el
numeral
7,
de
la
misma
resolución
prohíbe
la
comercialización
interdepartamental
de
los
medicamentos
de
control
especial
monopolio
del
Estado.
Los
medicamentos
de
control
especial
son
Monopolio
del
Fondo
Nacional
de
Estupefacientes,
por
lo
tanto,
es
proveedor
único
en
el
país,
con
el
cual
se
deben
adquirir
los
medicamentos
de
control
especial
monopolio
del
Estado.
Carrera
20
No
8
-
02.
Cód.
Posta!
850001.
Tel.
6336339
ext.
1351.
Yopal,
Casanare.
1de3
www.casanare.gov.co
-
observacionesecop(ODcasanare.gov.co

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