Resolución N° 0109 de la Gobernación del Casanare, 08-09-2022 - Normativa - VLEX 1005512244

Resolución N° 0109 de la Gobernación del Casanare, 08-09-2022

Año2022
Fecha08 Septiembre 2022
Número de resolución0109
EmisorDepartamento Administrativo de Planeación
RESOLUCIÓN No
N
MS92099216-6
n
3
mly
,
2022
0
1 0
9
DE
"POR LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA DE RECURSOS SIN SITUACION DE FONDOS DEL SISTEMA GEISERAL DE REGALIAS
DE ASIGNACIONES DIRECTAS - 20% DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE INCORPORADOS EN EL PRESUPUES O GENERAL DE LA
VIGENCIA 2021 - 2022 A UN ENTE EJECUTOR DE RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS"
100.15.15
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE
En uso de sus atribuciones
Constitucionales y Legales, especialmente las consagradas en el numeral 2 del ad culo 305 de la
2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 090 del 29 de abril de 2022 "Por medio del cual se prioriza y aprueba un
proyecto de inversión financiado con recursos del Sistema General de Regallas (SGR) del
departamento de Casanare", expedido por Departamento de Casanare, en su artículo 1°, se priorizó
y aprobó el proyecto de inversión identificado con el código BPIN No. 2022005850010, denominado
"CONSTRUCCIÓN PARADOR Y OBRAS DE URBANISMO EN EL PARQUE DELL ARROZ DEL
MUNICIPIO DE AGUAZUL DEPARTAMENTO DE CASANARE",
financiado con Asignaciones
Directas — 20% de recursos del Sistema General de Regalías del Departamento de Casanare. En el
artículo 2° del mismo Decreto se designó como entidad ejecutora del proyecto
de
inversión al
MUNICIPIO DE AGUAZUL", NIT. 891855200-9, en los componentes de obra e intervehtoría.
Que en cumplimiento del Artículo 160 de la Ley 2056 de 2020 y el artículo 2.1.1.8.4 del Decreto 1821
de 2020, el Departamento de Casanare en calidad de receptor de asignaciones directas — 20%, del
Sistema General de Regalías, mediante Decreto No. 095 del 4 de mayo de 2022, "Por el cual se
realiza una modificación al presupuesto general de ingresos y de gastos del departamento de
Casanare en el capítulo del Sistema General de Regalías para el bienio 2021 — 2022", se incorporó
al Presupuesto General de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal del año 2022, el proyecto de
inversión identificado con el código BPIN No 2022005850010, CONSTRUCCIÓN PARADOR Y
OBRAS DE URBANISMO EN EL PARQUE DEL ARROZ DEL MUNICIPIO
-
AGUAZUL
DEPARTAMENTO DE CASANARE, Priorizado y aprobado en el artículo 1° del Dec to 090 del 29
de abril de 2022.
Que mediante comunicación de fecha 29 de abril de 2022, el Director del Departamento
Administrativo de Planeación de la Gobernación de Casanare, solicitó al MUNICIPIO DE AGUAZUL,
NIT. 891855200-9, la aceptación como ejecutor del componente de obra e intervéntoría para el
proyecto de inversión denominado
"CONSTRUCCIÓN PARADOR Y OBRAS DE URBANISMO EN
EL PARQUE DEL ARROZ DEL MUNICIPIO DE AGUAZUL DEPARTAMENTO DE ICASANARE",
según lo indicado en el Decreto 090 del 29 de abril de 2022, expedido por el Departamento de
Casanare.
Que mediante oficio, con radicado de correspondencia recibida en el Departamento Administrativo
de Planeación, el día 29 de abril de 2022, la señora alcaldesa del MUNICIPIO DE A UAZUL", NIT.
891855200-9, acepta la ejecución del proyecto de inversión
"CONSTRUCCIÓN PARADOR Y
Carrera 20 No.8-02, Cód. Postal 850001, Tel. 6336339, Ext. 1711 Yopal, Casanare
1 de 4 y
www.casanare.gov.co
- despacho@casanare.gov.co
Casanare
1 "
1
4
9 20 99216b6E
2 3 MAY 2022
RESOLUCIÓN No
"POR LA CUAL SE ORDENA UNA TRANSFERENCIA DE RECURSOS SIN SITUACION DE FONDOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS
DE ASIGNACIONES DIRECTAS - 20% DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE INCORPORADOS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA
VIGENCIA 2021 - 2022 A UN ENTE EJECUTOR DE RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALIAS"
100.15.15
OBRAS DE URBANISMO EN EL PARQUE DEL ARROZ DEL MUNICIPIO DE AGUAZUL
DEPARTAMENTO DE CASANARE",
según lo indicado en el Decreto 090 del 29 de abril de 2022,
expedido por el Departamento de Casanare.
Que el artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, establece que "Los órganos y demás entidades
designadas como ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías deberán hacer uso del
Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) para realizar la gestión de ejecución de estos
recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta
única del Sistema General de Regalías a las cuentas bancarias de los destinatarios finales".
Que se hace necesario ordenar la transferencia de los recursos correspondientes al, valor aprobado
por el DEPARTAMENTO según Decreto 090 del 29 de abril de 2022, para el Bienib 2021 — 2022,
esto es, la suma de
ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL TREINTA Y OCHO PESOS MICTE. ($11.354.926.P38,00),
a favor
de la entidad ejecutora designada,
MUNICIPIO DE AGUAZUL", NIT. 891855200.1
con el fin de
viabilizar su respectiva ejecución, conforme al marco legal del Sistema General de Regalías.
Que en mérito a lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO-.
Autorizar a la Dirección Técnica de Presupuesto del Departamento de
Casanare expedir el Certificado de Disponibilidad Presupuestal sin situación de fondcis, con cargo al
rubro presupuestal No 0301050AD0110221, por la suma total de
ONCE MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL TREINTA Y OCHO PESOS
MICTE. ($11.354.926.038,00),
correspondiente a Asignaciones Directas — 20% del Sistema General
de Regalías del Bienio 2021 - 2022, según fuentes establecidas en Decreto de Incorporación No.
095 de fecha 4 de mayo de 2022, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
ARTICULO SEGUNDO-
De acuerdo al artículo anterior, autorizar a la Dirección Técnica de
Presupuesto del Departamento de Casanare expedir los Registros Presupuestales sin situación de
fondos, correspondientes por la suma de
ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL TREINTA Y OCHO PESOS MICTE.
($11.354.926.038,00),
con cargo al rubro presupuestal No. 0301050AD0110221, por el valor
precitado en el artículo primero de la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO-.
ORDENAR a la Secretaría de Hacienda de la Gobernación de Casanare,
transferir el valor de
ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL TREINTA Y OCHO PESOS MICTE. ($11.354.9/6.038,00),
de
Carrera 20 No.8-02, Cód. Postal 850001, Tel. 6336339, Ext. 1711 Yopal, Casanare
2 de 4
y
www.casanare.gov.co
- despacho@casanare.gov.co

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