Resolución Nº 0360 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 08-04-2016 - Normativa - VLEX 878005621

Resolución Nº 0360 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 08-04-2016

Sentido del falloResuelve recurso de reposicion
EmisorCamilo Mcallister Rendon
Fecha08 Abril 2016
Número de resolución0360
MateriaSancionatorias
RESOLUCIÓN DTP N°
3 6 G
O 8 ABR 7016
Por medio de la cual se resuelve recurso de reposición interpuesto
contra la Resolución DTP No. 1822 de 14 de diciembre de 2015:
"Por la cual se pone fin al Proceso Administrativo Sancionatorio
Ambiental PS-06-86-885-053-014 adelantado en contra de la
empresa VETRA EXPLORACION Y PRODUCCION COLOMBIA
S.A.S y la COOPERATIVA DE TRANSPORTES KILILI-
COOTRANSKILILI LTDA".
Corporación para e f Desarroffo Sostenible (fel Sur de la Amazonía
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La Directora Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur
de la Amazonía CORPOAMAZONIA, en uso de sus facultades constitucionales, legales y
reglamentarias especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, Decreto 2811 de
1974, Ley 344 de 1996, Acuerdo 002 de 2005, Resolución 1446 de 2015 y
ANTECEDENTES
Que mediante Resolución 0937 de 22 de mayo de 2009, el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo, otorgó
Licencia Ambiental Global al CONSORCIO COLOMBIA ENERGY y, así mismo, autorizó
concesión de aguas superficiales, permiso de vertimientos, aprovechamiento forestal y
emisiones atmosféricas, y se tomaron otras determinaciones.
Que mediante Resolución 1930 del 01 de octubre de 2010, el Ministerio modificó la
Licencia Ambiental Global del proyecto Desarrollo de los Campos Quinde, Cohembí y
Quillacinga, en el sentido de adicionar actividades, modificar permisos y demás, entre
otros aspectos.
Que el día 26 de diciembre de 2013, la ANLA Agencia Nacional de Licencias Ambientales
radica oficio 4120-E2-48778, el cual en atención a la
solicitud de aclaración del
alcance de las actividades de limpieza de hidrocarburos ocasionados por atentados
señala que
"las actividades de control se limitan a los procedimientos técnicos y métodos
utilizados para mitigar un derrame de Hidrocarburos, derivados o sustancia nocivas, tales
como dirigir y coordinar las actividades necesarias para atender el derrame, acciones para
evitar consecuencias negativas a la vida humana, al medio ambiente y a la propiedad,
incluyendo la contención y
recolección del producto derramado,
así como la limpieza
superficial de las áreas afectadas con el objetivo de minimizar los impactos generados
sobre los recursos naturales y el medio ambiente".
Que mediante Resolución 0513 del 11 de junio de 2013 Corpoamazonia aprueba el plan
de contingencias Estratégico e Informativo Para el Transporte Terrestre de Hidrocarburos
de la empresa COOTRANSKILILI LTDA, del municipio de Puerto Asís, Departamento del
Putumayo, representada legalmente por el señor HUGO FABIAN PARRA IMBACHY
identificado con cedula de ciudadanía No. 79.783.584 expedida en Bogotá D.C.
Proyecto Jurídicamente: Nancy Marcela Vela León
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Reviso Jurídicamente: Daniel Esteban Jurado Osorio
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (8) 4296 641 - 642 - 4295 267, Fax: 4295 255. Mocoa, Putumayo
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AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 - 5927 619, Fax: 5925 065. Leticia Amazonas
www.corpoamazonia.gov.co
CAQUETÁ:
Tel: (8) 4351 870 - 4357 456 Fax: 4356 884. Florencia, Cagueta
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
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RESOLUCIÓN DTP
36 0
Por medio de la cual se resuelve
contra la Resolución DTP No. 1
"Por la cual se pone fin al Proc
Ambiental PS-06-86-885-053-01
empresa VETRA EXPLORACIO
S.A.S y la COOPERATIVA
COOTRANSKILILI LTDA".
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22 de 14 de diciembre de 2015:
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Guamuez, impidiendo la movilización de
empresa Cootranskilili Ltda., los cuales pr
al CCE, fueron obligados a abrir las válvul
en los vehículos.
vehículos, catorce (14) carro tanques de la
stan el servicio de transporte de hidrocarburo
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de descargue y derramar el crudo contenido
Proyecto Jurídicamente: Nancy Marcela Vela León
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SEDE PRINCIPAL:
AMAZONAS:
CAQUETA:
POTUMAVO:
Tel: (8) 4296 641 - 642 - 4295 267, Fax. 4295 255.
Tel: (8) 5925 064 - 5927 619, Fax: 5925
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Tel: (8) 4351 870 - 4357 456 Fax: 4356 884 Flore
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
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www.corpoamazonia.gov.co
Línea de Atención:
01 8000 930 5
Mocoa, Putumayo
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cia, Cagueta
Que en el artículo PRIMERO, parágrafo TERCERO de la resolución 0513 del 11 de junio
de 2013, se establece que el tiempo de vigencia es de sesenta (60) días.
Que mediante resolución 0993 del 25 de septiembre de 2013, se da prorroga a la vigencia
de la Resolución 0513 del 11 de junio de 2013, por medio de la cual se aprueba el plan de
contingencias Estratégico e Informativo Para el Transporte Terrestre de Hidrocarburos de
la empresa COOTRANSKILILI LTDA.
Que el artículo SEGUNDO de la resolución
que el tiempo por el cual se prorroga la n
cuarenta y cinco (45) días, contados a parti
Que la Resolución 01269 del 18 de Novier
nuevo Plan de Contingencia para el transl
COOTRANSKILILI LTDA., con Nit 84600
HUGO FABIÁN PARRA IMBACHY identifi
de Bogotá D.C, fue notificada personalmen
0993 del 25 de septiembre de 2013, establece
solución 0513 del 11 de junio de 2013 es de
del siguiente día del vencimiento inicial.
bre de 2013, por medio de la cual se aprueba
orte Terrestre de Hidrocarburos a la empresa
406-6, representada legalmente por el señor
ado con cedula de ciudadanía No 79.783.584
e el día 22 de noviembre de 2013.
Que mediante Resolución 0262 del 07
e
marzo de 2014, por medio de la cual se
modifica la resolución No 1269 del 18 de oviembre de 2013, por la que se aprueba el
nuevo Plan de Contingencia para el trans orte Terrestre de Hidrocarburos a la empresa
COOTRANSKILILI LTDA., con Nit 84600 406-6, representada legalmente por el señor
HUGO FABIAN PARRA IMBACHY identificado con cedula de ciudadanía No 79.783.584
de Bogotá D.C., fue notificada el día 17 del mes de marzo de 2014, mediante aviso.
Que el día 01 de Julio de 2014 a las 7:40 am, según información del usuario de transporte
Cootranskilili Ltda., reportada en el informe inicial mediante oficio radicado bajo el
Numero 1149 de la misma fecha, miembros de grupos armados al margen de la Ley
detuvieron el tránsito en los dos sentidos de la vía que conduce de "Campo Alegre" a "El
Tigre" en la región cercana a la Vereda Maravelez, jurisdicción del municipio de Valle de
RESOLUCIÓN DTP N°
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;'J
0 8 ABR 2016
Por medio de la cual se resuelve recurso de reposición interpuesto
contra la Resolución DTP No. 1822 de 14 de diciembre de 2015:
"Por la cual se pone fin al Proceso Administrativo Sancionatorio
Ambiental PS-06-86-885-053-014 adelantado en contra de la
empresa VETRA EXPLORACION Y PRODUCCION COLOMBIA
S.A.S y la COOPERATIVA DE TRANSPORTES KILILI-
COOTRANSKILILI LTDA".
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Corporación para el Desarrollo Sostenible del
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Sur de Vflmazonía
Posteriormente a las 10:30 am, sobre la misma vía, cerca del sector conocido como "La
Ye" y la vereda Guadualito jurisdicción de Valle de Guamuez, otro grupo al margen de la
Ley procedieron de la misma manera obligando a los conductores de nueve (09)
carrotanques de la Cooperativa Cootranskilili Ltda., a abrir las válvulas de vaciado para
realizar el descargue del crudo sobre la vía.
Que el día 02 de Julio de 2014, la empresa Consorcio Colombia Energy CCE, radica en
las oficinas de la Unidad Operativa Bosque Protector Productor UOBPP, Reporte Inicial
de Contingencia, mediante el cual se estima que el volumen derramado puede ascender
los 5.090,48 Bls de crudo.
Que el día 02 de julio de 2014 se realizó reunión con el Consejo municipal de Gestión del
Riesgo del municipio de Valle de Guamuez, debido al impacto ambiental que se generó
producto del derrame de hidrocarburos y se coordina realizar recorrido por el área
afectada el mismo día a la 1:30 pm.
Que el día 02 de Julio de 2014 a la 1:30 pm, se realizó el recorrido con el objetivo de
realizar la evaluación de impactos ambientales, el recorrido se realizó con el
acompañamiento de las siguientes personas: Deisy Gómez (Secretaria de Planeación),
Luz Mery Gilon (Coordinadora del Comité de Gestión de Riesgo), Luz Dary Possos
(Secretaria de Gobierno), Martha Janeth Chachinoy (Hospital Sagrado Corazón de
Jesús), Equipo de Bomberos Municipio Valle del Guamuez y los contratistas de la
Dirección Territorial Putumayo Unidad Operativa Zona Petrolera - CORPOAMAZONIA
ingenieros María Fernanda Alegría y Deivy Narvaez.
Que como resultado de dicho recorrido, personal de Corpoamazonia expidió el concepto
técnico No. 0806 de 2014.
Que en atención a lo expuesto en el concepto antes enunciado, este Despacho mediante
Auto DTP No. 203 del 11 de julio de 2014, da inicio al Proceso Administrativo
Sancionatorio Ambiental PS-06-86-865-053-014, en contra de VETRA EXPLORACION Y
PRODUCCION COLOMBIA S.A.S y la empresa de transportes COOTRANSKILILI LTDA,
representada legalmente por el señor HUGO FABIAN PARRA IMBACHI o quien haga sus
veces y establece unas medidas de limpieza, recuperación y compensación referente al
derrame de Hidrocarburos ocurrido sobre la vía que comunica a la Inspección el Tigre
Municipio del Valle del Guamuez y la vereda Campo Alegre, Municipio de Puerto Asís
Proyecto Jurídicamente: Nancy Marcela Vela León
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Tel: (8) 4296 641 - 642 - 4295 267, Fax: 4295 255. Mocoa, Putumay
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AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 - 5927 619, Fax: 5925 065. Leticia Amazonas
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PUTUMAYO:
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