Resolución N° 0448 de la Gobernación del Casanare, 22-03-2024 - Normativa - VLEX 1029674578

Resolución N° 0448 de la Gobernación del Casanare, 22-03-2024

Año2024
Número de resolución0448
Fecha22 Marzo 2024
EmisorSecretaría de Salud
RESOLUCIÓN
No.
()
44
8-=
ve
29
MAR
2024
“Por
la
cual
se
autoriza
el
funcionamiento
y
la
prestación
del
servicio
de
Inyectologia
del
establecimiento
de
comercio
Droguería
Llanofarma
el
Triunfo,
del
Municipio
de
Villanueva
(Casanare)”
800
15
15
LA
SECRETARÍA
DE
SALUD
En
uso
de
sus
facultades
constitucionales
y
legales
y
especialmente
las
conferidas
Por
la
1979,
el
Artículo
43
Ley
715
de
2001,
por
el
Articulo
35
del
Decreto
1950
de
1964,
el
Artículo
5”
2006,
2005,
2016,
Resolución
10911
de
1992,
2007,
2013,
y
el
Decreto
0001
del
01
de
enero
de
2021,
CONSIDERANDO
Que
el
Articulo
43 de
la
Ley
715
de
2001
confiere
a
las
entidades
territoriales
Departamentales
de
salud
la
competencia
de
dirigir,
coordinar
y
vigilar
el
sector
salud
y
el
Sistema
General
de
Seguridad
Social
en
Salud
en
el
territorio
de
su
jurisdicción,
atendiendo
las
disposiciones
nacionales
sobre
la
materia.
Que
el
Artículo
35
del
de
julio
31
de
1964
expedida
por
el
Ministerio
de
Educación,
establece
que
las
autorizaciones
para
el
funcionamiento
de
los
laboratorios
farmacéuticos
las
concederá
la
Oficina
de
Control
de
Drogas
y
Productos
Biológicos
del
Ministerio
de
Salud
Pública.
Las
licencias
para
la
instalación
y
funcionamiento
de
las
agencias
de
especialidades
farmacéuticas,
depósitos
de
drogas,
droguerías
veterinarias
y
farmacias-droguerías,
serán
concedidas
por
la
respectiva
Secretaría
o
Dirección
Departamental,
Intendenciales,
Comisariales
o
Distritales
de
Salud
Pública.
Que
el
Artículo
5”
del
de
julio
12
de
2006,
en
su
Artículo
5*
establece
que
las
farmacias-droguerías
y
droguerías
podrán
ofrecer
al
público
el
procedimiento
de
Inyectologia
dictándose
las
medidas
que
se
deben
tener
en
cuanto
a
dotación
e
infraestructura,
recursos
humanos,
normas
básicas
de
los
procedimientos,
prohibiciones,
entre
otras.
Que
la
de
noviembre
25
de
1992,
expedida
por
el
Ministerio
de
salud
determina
los
requisitos
para
apertura
y
traslado
de
las
Droguerías
o
Farmacias
Droguerías.
Que
en
la
fecha
04
de
marzo
de
2024,
la
señora
ELSY
ROCIO
AGUIRRE
HUERTAS,
identificada
con
cédula
de
ciudadanía
No.
1.118.166.753
expedida
en
Villanueva
(Casanare),
en
calidad
de
Propietaria
del
establecimiento
de
comercio
denominado
DROGUERIA
LLANOFARMA
EL
TRIUNFO,
con Matricula
No.
163130
de
la
Cámara
de
Comercio
de
Casanare,
ubicada
en
la
Carrera
14
N”
7-47
del
Municipio
de
Villanueva
P
Carrera
21
N”
8-32,
Tel.
635
6565/66
Ext.
132-211,
Yopal,
Casanare.
1
de
3
salud.publica(Mcasanare.gov.co-
saludOcasanare.gov.co

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