Resolución Nº 1084 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 29-08-2018 - Normativa - VLEX 878006186

Resolución Nº 1084 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 29-08-2018

Sentido del falloOtorgando
EmisorIsidro Ruiz Alvarado
Número de resolución1084
Fecha29 Agosto 2018
MateriaTecnicas
ndenci
mazonia
www.corpoamazonia.gov.co
Linea de Atencion: 01 8000 930 506
2018 A601 2 9
RESOLUCION DTP N° 0 1
0 8
4
Por medio de la cual se
,
otorga AutorizaciOn de
Aprovechamiento Forestal de Arboles Aislados al Senor
ISIDRO RUIZ ALVARADO, identificado con cedula de
ciudadania nOmero 5.297852 expedida en Mooca (Putumayo)
actividad a realizarse en el predio denominado "El Paraiso",
ubicado en la vereda Monclart, municipio de Mocoa,
Departamento del Putumayo. Expediente: AU-06-86-001-X
2
001-068-18.
ISO 9001
l
i
Tt iCOnfer
CO-SC-4668-1
Corporacion para e(cDesarrotto Sostenid del Sur de fa Amazonia
La Directora de la Direcci6n Territorial Putumayo de Ia Corporaci6n para el Desarrollo
Sostenible del Sur de la Amazonia — CORPOAMAZONIA -,en use de sus facultades
constitucionales, legales y reglamentarias en especial de las conferidas por Ia Ley 99 de 1993,
Decreto 2811 de 1974, Decreto Unico Reglamentario 1076 DE 2015 del Sector Ambiente y
Desarrollo Sostenible, ResoluciOn 0569 de 2018 y Acuerdo 002 de 2005 emanadas de
CORPOAMAZONIA, y
CONSIDERANDO
Que CORPOAMAZONIA ejerce la funcion de maxima autoridad ambiental en el Sur de la
Amazonia Colombiana y en cumplimiento de la Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12, le
corresponde realizar la evaluacion, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, suelo,
el aire y demas recursos naturales renovables que comprenda vertimientos, emisiones e
incorporaciones de sustancias o residuos liquidos, solidos y gaseosos a las aguas en cualquiera
de sus formas al aire o al suelo, fund& que comprende la expedicion de licencias, permisos,
concesiones y autorizaciones.
Que el articulo 8 de la Constitucion Politica, establece que "(...)
Es obligacion del Estado y de
las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Naci6n. (...)".
Que el articulo 49 de Ia ConstituciOn Politica establece que "(...)
el saneamiento ambiental es
un servicio pUblico a cargo del Estado (...)."
"(...) Todas las personas tienen derecho
a gozar de un ambiente sano. La ley garantiza la participaciOn de la comunidad en las
decisiones que puedan afectarlo, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las areas de especial importancia ecologica y fomentar la educaciOn para
el logro de estos fines (...)".
Que el articulo 80 Constitucional, sefiala "(...)
El Estado planificara el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservaci6n, restauraciOn o sustitucion, ademas debera prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparaci6n de los datios causados
(• • .)
11
Que el articulo 209 de la constitucion Politica, indica "(...)
La funcion administrativa esta al
servicio de los intereses generates y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad, y publicidad mediante la
descentralizacion, la delegacion y la desconcentraciOn de funciones
(...)".
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Tel (8)
4296
641
- 642 — 4295 267, Fax: 4295 255. - Cra. 17 No. 14-85 - Mocoa, Putumayo
Tel: (8)
5925
064
— 5927 619, Fax: 5925 065, Cra. 11 No. 12-45- Leticia Amazonas
Tel: (8)
4351
870
— 4357 456 Fax 4356 884.
Cra. 11 No. 5-67- Florenda, Caqueta
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
SEDE PRINCIPAL:
AMAZONAS:
CAQUETA:

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