Resolución Nº 1123 de Instituto de Desarrollo Urbano - Idu, 28-04-2021 - 5 de Mayo de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 866558030

Resolución Nº 1123 de Instituto de Desarrollo Urbano - Idu, 28-04-2021

Fecha de emisión28 Abril 2021
Fecha de publicación05 Mayo 2021
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano - Idu
Número de Gaceta7123
*20211150011236*
OAP
20211150011236
Información Pública
RESOLUCIÓN NÚMERO 001123 DE 2021
“Por medio de la cual se modifica eltulo Primero de la Resolución 10 de 2020,
se define la política MIPG-SIG, se ajustan las directrices y objetivos de los
Subsistemas de Gestión”
1
Calle 22 No. 6 - 27
Código Postal 110311
Tel: 3386660
w ww.idu.gov.co
Info: Línea: 195
FO-DO-10_V8
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDU,
en usos de sus facultades legales, en especial las contempladas en los Acuerdos 01 y 02 de 2009 y 02 de
2017 del Consejo Directivo, artículos 2 y 12 del Decreto Distrital591 de 2018, Artículo 1º del Decreto
Nacional 1499 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el art ículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios
de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.
Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las entidades públicas, están
obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control
interno de conformidad con lo que disponga la ley.
Que de conformidad con lo señalado en los artículos 1º y 4º de la Ley 87de 1993, todas las entidades bajo
la responsabilidad de sus directivos deben implementar herramientas que permitan la aplicación del
control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición de políticas como guías de acción y
procedimientos para la ejecución de los procesos.
Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, señaló que e l S istema de Gestión MIPG deberá articularse
con los Sistemas Nacional e Institucional de Contr ol Interno consagrado en la Ley 87 de 1993, de tal
manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos , métodos y procedimientos de control al interior
de los organismos y entidades del Estado.
Que el Decreto Distrital 807 de 2019 adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión Nacional, como
referente para el Sistema Integrado de Gestión de las Entidades Distritales, con el f in de fortalecer los
mecanismos, métodos y procedimientos de gestión y control al interior de los organismos y entidades del
Distrito Capital y adecuar la institucionalidad del sistema y de las instancias correspondientes con el
modelo nacional.
Que, en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, del 22 de abril de 2021 fue revisada, ajustada y
aprobada la política MIPG-SIG.
Que mediante la Resolución 1019 de 2021 IDU, se adopta el Sistema de Gestión MIPG-SIG del Instituto
de Desarrollo Urbano, se crean los equipos Instituc ionales, y se establece el marco de referencia para el
actuar de los Subsistemas en el Instituto de Desarrollo Urbano-IDU.
Que el artículo 3º de la citada Resolución define MIPG-SIG como el conjunto articulado de buenas
prácticas que permiten en el Instituto, dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la
gestión con el fin de satisfacer a los grupos de valor e interés, cumplir con los instrumentos de planeación,
en especial, el Plan Distrita l de Desarrollo vigente, y contribuir bajo una política de integración, el
cumplimiento de los fines esenciales del Instituto, s us propósitos organ izacionales, su mejor desempeño
institucional y la consecución de resultados; la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los
derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad.

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