Resolución Nº 124 de Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a., 26-02-2020 - 26 de Febrero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967645

Resolución Nº 124 de Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a., 26-02-2020

Fecha de publicación26 Febrero 2020
Fecha de emisión26 Febrero 2020
EmisorEmpresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a.
Número de Gaceta6745
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6745 • pP. 1-23 • 2020 • FEBRERO 26
y priorización de cartera de la Contribución de
Valorización en cumplimiento de lo dispuesto en
el Acuerdo Distrital 724 de 2018 y se dictan otras
disposiciones”.
Que, en mérito de lo expuesto anteriormente, el Direc-
tor General del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modicar el artículo 19 de la Resolución
6224 de 19 de diciembre de 2018, así:
“COBRO PERSUASIVO. Se inicia cuando el contri-
buyente pierde de manera denitiva la opción de pago
por cuotas y se hará en un plazo máximo de cuatro
(4) meses. La Subdirección Técnica de Operaciones
del IDU podrá dar por terminada esta etapa antes de
cumplirse el citado plazo cuando agotadas las activi-
dades de esta fase se determine que el contribuyente
no tiene intención de pago.
Las actuaciones que se realicen sobre los registros de
deuda a su cargo, deberán ser consignadas en la base
de datos del sistema de información en el módulo de
gestión dispuesto para tal efecto.
La gestión persuasiva contendrá como mínimo las
siguientes acciones:
19.1. Localización del deudor. Son las estrategias
con las cuales sea posible contactar al deudor
para efectos de comunicaciones y/o noticacio-
nes, comprendiendo su domicilio, lugar de trabajo,
direcciones y teléfonos, entre otros.
19.2. Comunicaciones telefónicas y/o escritas. Se
realizan recordando el cumplimiento de las obli-
gaciones, con el n de gestionar el pago total de
la obligación, reforzar la invitación de cancelar,
obtener un compromiso de pago y vericar si el
mismo se ha realizado.
Durante el cobro persuasivo el contribuyente
puede cancelar el saldo a capital e intereses
causados mediante el pago total o Restablecer
el plazo otorgado para el pago por cuotas de su
contribución.
19.3. Restablecer Plazo. Se podrá restablecer por
una sola vez el plazo otorgado inicialmente acorde
a lo dispuesto en el artículo 6, desde su numeral
6.2.2 en adelante y su etapa de cobro, a los con-
tribuyentes que se encuentre en etapa de cobro
persuasivo de la Contribución de Valorización del
AC724 de 2018, que no hayan presentado recurso
de reconsideración dentro del término establecido
por el artículo 720 del Estatuto Tributario Nacional
y que no se acogieron a la opción de pago por
cuotas.
Los contribuyentes que opten por restablecer el
plazo previsto en este artículo, pagaran el valor
de la cuota más los intereses causados.
ARTÍCULO 2º. Los demás artículos de la Resolución
6224 de 19 de diciembre de 2018, continúan vigentes
en todas y cada una de sus partes.
ARTÍCULO 3º. VIGENCIA. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su publicación en el Re-
gistro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
DIEGO SÁNCHEZ FONSECA
Director General
EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANS-
MILENIO S.A.”
Resolución Número 124
(Febrero 21 de 2020)
“Por la cual se modifica el documento “P-DA-010
Teletrabajo en TRANSMILENIO S.A.”
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEA-
CIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL
TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”,
En uso de sus facultades conferidas mediante la
Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo señalado en el artículo se-
gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS-
MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación
del servicio de transporte público masivo urbano de
pasajeros en el Distrito Capital y su área de inuencia,
bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni-
co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el
Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del
Sistema Integrado de Transporte Público, considera
necesario actualizar los Manuales de Procedimientos
de las diferentes dependencias de la Entidad, con el
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objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen-
tales, necesidades y desarrollo del Sistema.
Que mediante la Ley 1221 de 2008 se establecen
normas para promover y regular el teletrabajo y se
dictan otras disposiciones.
Que mediante el Decreto Distrital 596 de 2013, se
dictan medidas para la aplicación del teletrabajo en
organismos y entidades del Distrito Capital.
Que mediante la Resolución 420 del 14 de julio de
2016, se establecen los parámetros para implementar
el modelo de Teletrabajo en TRANSMILENIO S.A.
Que mediante la Resolución 1251 de 2019 se modica
parcialmente la Resolución 420 del 14 de julio de 2016.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Modicar el siguiente documento con
la versión registrada a continuación:
Código Versión Nombre
P-DA-010 3 Teletrabajo en TRANSMILENIO S.A.
ARTÍCULO 2°: Derogar en su totalidad la Resolución
111 del 14 de febrero de 2020 donde se adoptó la
versión 2 del procedimiento P-DA-010 Teletrabajo en
TRANSMILENIO S.A.
ARTÍCULO 3°: La presente Resolución rige a partir
de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del
mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA
Jefe de Ocina Asesora de Planeación
TITULO:
TELETRABAJO EN TRANSMILENIO S.A.
ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ
Código:
P-DA-010
Versión:
3
Fecha:
Febrero de 2020
ELABORÓ:
Alberto Muñoz Caamaño
PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 04 -
BIENESTAR E INCENTIVOS
Javier Alfonso Castañeda Parra
PROFESIONAL ESPECIALIZADO GRADO 06
SEGURIDAD INFORMATICA
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TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETO ........................................................................................................................................... 4
2. ALCANCE........................................................................................................................................... 4
3. RESPONSABLE ........................................................................................................................... 4 4.
DOCUMENTOS DE REFERENCIA ................................................................................................. 4
5 DEFINICIONES ................................................................................................................................ 5
6. CONDICIONES GENERALES ......................................................................................................... 8
6.1 Modalidad de Teletrabajo que se desarrollará en TRANSMILENIO S.A. .................................... 9
6.2 Características del Teletrabajo ................................................................................................ 9
6.3 Otros Lineamientos Generales ............................................................................................. 10
7. DESARROLLO DE ACTIVIDADES ................................................................................................ 13
8. TABLA DE FORMATOS .................................................................................................................. 16
MODIFICACIONES
VERSIÓN
FECHA
CAMBIO
SOLICITÓ
0
25-jul-2016
Primera versión oficial del documento.
N.A.
1
22-nov-2019
Se realizan las siguientes modificaciones:
Capítulo 1. OBJETO. Se elimina la parte que decía:
buscando mejorar las condiciones de vida, tanto
laborales como personales de los servidores,
impactando en la productividad
Capítulo 2. ALCANCE. Se aclara que el este
Procedimiento inicia con la solicitud del Servidor
Público para ingresar a la modalidad del Teletrabajo
Capítulo 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA. Se
incluyen las siguientes normas: Acuerdo 710 de 2018
del Concejo de Bogotá D.C. y Decreto Nacional 1072
Directora
Corporativa

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