Resolución Nº 1243 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 24-09-2018 - Normativa - VLEX 878002064

Resolución Nº 1243 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 24-09-2018

Sentido del falloResuelve
EmisorCorporación Para El Desarrollo Sostenible Del Sur De La Amazonia
Número de resolución1243
Fecha24 Septiembre 2018
MateriaReglamentarias
RESOLUCION DG
1\11?.
1
2
4
3
"Por medio de la cual se reglamenta el aprovechamiento sostenible de
productos forestales no maderables mediante el modo de asociacion, y se
dictan otras disposiciones"
Corporacion para of Desarroffo Sosteniffe der Sur de fa jl mazoma
La Directora General (e) de la Corporacion para el Desarrollo Sostenible del Sur de
la Amazonia —CORPOAMAZONIA-, en use de sus atribuciones constitucionales,
legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los articulos 29 y 35 de la
2.2.1.1.10.2 del Decreto 1076 de 2015, el Acuerdo 002 de febrero de 2005 y el
Acuerdo 11 del 21 de Septiembre de 2018 emanadas de CORPOAMAZONIA, y
demas normas concordantes, y
CONSIDERANDO
Que el Titulo V del Decreto-Ley 2811 de 1974, Codigo de Recursos Naturales
Renovables y de Proteccion al Medio Ambiente, regula los modos de adquirir el
derecho a usar los recursos naturales renovables de dominio public°
Que el articulo 51 ibidem, establecio que el derecho a usar los recursos naturales
renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso, concesion y
asociacion.
Que por su parte, el articulo 216 del mismo decreto ley, ordeno que los
aprovechamientos forestales persistentes de los bosques naturales o artificiales
ubicados en baldios y demas terrenos de dominio public°, pueden hacerse
directamente o por administracion delegada o mediante asociacion, concesion o
permiso.
Que el articulo 31 de la Ley 99 de 1993, establece como funcion de las
Corporaciones Autonomas Regionales, entre otras:
2.
Ejercer como maxima
autoridad ambiental en el area de su jurisdiccion, de acuerdo con las normas de
caracter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio
del Medio Ambiente (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible).
Que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2 del articulo 35 de Ley 99 de 1993,
la jurisdiccion de CORPOAMAZONIA comprende el territorio de los departamentos
de Amazonas, Putumayo y Caqueta.
Que en el inciso 3 del precitado articulo 35, se establecen funciones propias para
CORPOAMAZONIA, dentro de las cuales esta, la de dictar disposiciones para el
manejo adecuado del ecosistema Amaz6nico de su jurisdiccion y el
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ProyectO Tecnicamente
Sidaly Ortega Gemez
Cargo
Asesora DG
Firma
Revise juridicamente
Claudia Linares
Cargo
Contratista SAA
Firma

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