Resolución N° 1446 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2005 - Normativa - VLEX 875994647

Resolución N° 1446 de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo e integración de Nariño y Putumayo, 2005

Número de resolución1446
Año2005
Fecha13 Marzo 1998
*RESOLUCIÓN 1446 DE 2005*
(octubre 5)
Diario Oficial No. 46.056 de 9 de octubre de 2005
*Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial*
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 415 del 13 de marzo
de 1998, que establece los casos en los cuales se permite la combustión
de aceites de desecho o usados y las condiciones técnicas para realizar
la misma.
La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio
de sus funciones legales, y en especial las conferidas en los numerales
2, 10, 11 y 14 del artículo 5º de la Ley 99 de 1993, y el artículo 24
de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 415 del 13 de marzo de 1998 de esta entidad,
se establecen los casos en los cuales se permite la combustión de
aceites de desecho o usados y las condiciones técnicas para realizar la
misma;
Que la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible de este Ministerio
consultó estudios realizados sobre el uso y tratamiento de aceites de
desecho o usados como son el Estudio sobre el Manejo de los Aceites
Usados en Colombia (Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla), el estudio
de la Unidad de Planeación Minero Energético denominado "Utilización en
Colombia de Aceites Usados como Energéticos en Procesos de Combustión
Segunda Fase", los realizados sobre aceites usados en el Valle de Aburrá
por el Área Metropolitana, el denominado Análisis del Aceite Usado en
Vermont, Estudio de emisiones de aceites usados en hornos preparado por
la Agencia de los Recursos Naturales de Vermont (con la participación
del Departamento de Conservación Ambiental, la División de Control de la
Contaminación del Aire y la División para el Manejo de Materiales
Peligrosos), así como también el Manual de Normas y Procedimientos para
la Gestión de Aceites Usados publicado por el DAMA y la Corporación
Autónoma Regional de Cundinamarca;
Que esta consulta le permite al Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial establecer nuevas alternativas para el
aprovechamiento como combustible de los aceites de desecho o usados en
el territorio nacional;
Que la Dirección de Desarrollo Sectorial Sostenible considera viable
establecer modificaciones a los requisitos contemplados en Resolución
415 del 13 de marzo de 1998, para los casos en los cuales se permite la
combustión de aceites de desecho o usados y las condiciones técnicas
para realizar la misma;
Que en merito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifícase el artículo primero de la Resolución 415 del 13
de marzo 1998 el cual quedará así:
*"*Artículo 1°. Para la aplicación de la presente resolución, se adoptan
las siguientes definiciones:
/Aceite de Desecho o Usado/: Todo aceite lubricante, de motor, de
transmisión o hidráulico con base mineral o sintética de desecho que por
efectos de su utilización, se haya vuelto inadecuado para el uso
asignado inicialmente. Estos aceites son clasificados como residuo
peligroso por el anexo I, numerales 8 y 9 del Convenio de Basilea, el
cual fue ratificado por Colombia mediante la Ley 253 de enero 9 de 1996.

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