Resolución Nº 15 de Secretaria Distrital de Planeacion - Sdp, 29-09-2022 - 30 de Septiembre de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 911791691

Resolución Nº 15 de Secretaria Distrital de Planeacion - Sdp, 29-09-2022

Fecha de emisión29 Septiembre 2022
Fecha de publicación30 Septiembre 2022
EmisorSecretaria Distrital de Planeacion - Sdp
Número de Gaceta7543
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL
CONFIS
Resolución No. 15 de 2022
“Por la cual se aprueban unas adiciones en los Presupuestos de Gastos e Inversiones 2022 de las
Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Sur E.S.E, Norte E.S.E. y Sur Occidente E.S.E., por
aprobación de distribución parcial o total de la Disponibilidad Final”
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL
CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 135 del Decreto Ley
1421 de 1993, el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, los artículos 3° y 10° del Decreto
Distrital 191 de 2021, y,
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Acuerdo No. 17 de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas
Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y
Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo 3º del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo
25° del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital 662 de 2018 y en los artículos que lo modifican según
Decreto Distrital 191 de 2021.
Que según lo establecido en el acuerdo Distrital 641 de 2016 “por el cual se efectúa la reorganización del sector
salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”, se
reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del
Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo 10°del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al
Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto
de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de
Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, las modificaciones presupuestales
que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión
serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa
y de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto…
Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá
adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.”
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° del Decreto Distrital 191 de 2021, la distribución de la
Disponibilidad Final s erá aprobada por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la junta o consejo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR