Resolución Nº 1580 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 26-11-2018 - Normativa - VLEX 877994794

Resolución Nº 1580 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 26-11-2018

Sentido del falloOtorgando
EmisorAsociación Campesina Agropecuaria De Población Desplazada
Fecha26 Noviembre 2018
Número de resolución1580
MateriaTecnicas
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i.
2018
NOV. 2
6
RESOLUCION DTPO
1
5 8 0 - ....,
Por
medio
de
la
cual
se
otorga
Concesion
de
Aguas
Superficiales, Permiso de Vertimientos y Ocupacion de Cauce,
a
La
Asociaci6n
Campesina
Agropecuaria
de
Poblacion
Desplazada "La Heredia", representada legalmente por el senor
Jenrry Gbmez Ortiz, identificado con C.C. No. 18.103.351 de
Villagarzon; para la ejecucion de un proyecto piscicola ubicado
en la vereda San Isidro, Municipio de Villagarzon, Departamento
del Putumayo. Expediente: CO-PE-AU-06-86-885-X-002-145-17
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C-SC-4669-1
Corporation para el
-
Desarroffo Sosteniffe der Sur de Ca Amazonia
La Directora de la Direction Territorial Putumayo de la Corporation para el Desarrollo Sostenible
del Sur de la Amazonia - CORPOAMAZONIA, en use de sus facultades constitucionales, legales
y reglamentarias en especial de las conferidas por la Ley 99 de 1993, Decreto 2811 de 1974,
Decreto 1076 de 2015, ResoluciOn 0631 de 2015, edemas de la Resolution 0569 de 2018 y
Acuerdo 002 de 2005 emanados de CORPOAMAZONIA
CONSIDERANDO
Que CORPOAMAZONIA ejerce la funcion de maxima autoridad ambiental en el Sur de la
Amazonia Colombiana y en cumplimiento de la Ley 99 de 1993, articulo 31 numeral 12. le
corresponde realizar la evaluation, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, suelo,
el aire y demas recursos naturales renovables que comprenda vertimientos, emisiones e
incorporaciones de sustancias o residuos liquidos, solidos y gaseosos a las aguas en cualquiera
de sus formas al aire o al suelo, funci6n que comprende la expedici6n de licencias, permisos,
concesiones y autorizaciones.
Que el articulo 8 de la Constitucibn Politica, establece: "(...) Es obligation del Estado y de las
personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nacion. (...)".
Que el articulo 49 de la Constitucion Politica determina: "(...) el saneamiento ambiental es un
servicio pOblico a cargo del Estado (...)".
Que el articulo 79 de la Constitucion Politica instituye: "(...) Todas las personas tienen derecho a
gozar de un ambiente sano. La ley garantiza la participaci6n de la comunidad en las decisiones
que puedan afectarlo, es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente,
conservar las areas de especial importancia ecologica y fomentar la education para el logro de
estos fines (...)".
Que en su articulo 80 Constitucional seriala: "(...) El Estado planificara el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su
conservation, restauraci6n
o
sustituci6n, edemas debera prevenir y controlar los factores de
deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparaci6n de los dalios causados
Que el Articulo 95 Constitucional predica: "(...) son deberes de las personas y del ciudadano:
Proteger los recursos culturales y naturales del pals y velar por un ambiente sano (...)"
Que el articulo 209 de la Constitucion Politica enmarca: "(...) La funci6n administrative este al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (8) 4296 641 - 642 - 4295 267. Fax 4295 255 - Cra 17 No_ 14-85 - Mocoa, Putumayo
corresoondencia@corpoamazonia.00v co
AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 - 5927 619. Fax: 5925 065. Cra. 11 No. 12-45- Leticia Amazonas
www
corpoamazonia gov.co
CAQUETA:
Tel: (8) 4351 870 - 4357 456 Fax 4356 884 Cra. 11 No. 5-67- Florenda, Caquete
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa. Putumayo
Linea de Atencion: 01 8000 930 506
4..
.
2611 NOVI 2 6
RESOLUCION DTP
U 1
8 0 .
......
__.
...
Por
medio
de
la
cual
se
otorga
Concesi6n
de
Aguas
Superficiales, Permiso de Vertimientos y Ocupacion de Cauce,
a
La
Asociacion
Campesina
Agropecuaria
de
PoblaciOn
Desplazada "La Heredia", representada legalmente por el senor
Jenrry Gomez Ortiz, identificado con C.C. No
18.103.351 de
Villagarzon; para la ejecucion de un proyecto piscicola ubicado
en la vereda San Isidro, Municipio de Villagarzon, Departamento
del Putumayo. Expediente: CO-PE-AU-06-86-885-X-002-145-17
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CO-SC-4668-1
Colporacion para of Desarroffo Sosteni6fe der
S ti
r de fa Amazonia
moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad, y publicidad mediante la
descentralizacion, la delegacion y la desconcentracion de funciones (...)”.
Proteccion al Medio Ambiente el cual tiene por objeto los siguientes postulados:
"ARTICULO 2o. Fundado en el principio de que el ambiente es patrimonio coman de la
humanidad y necesario para la supervivencia y el desarrollo econ6mico y social de los
pueblos, este Codigo tiene por objeto:
10. Lograr la preservaciOn y restauracien del ambiente y la conservacion, mejoramiento y
utilizaciOn racional de los recursos naturales renovables, segUn criterios de equidad que
aseguren el desarrollo arm6nico del hombre y de dichos recursos, la disponibilidad
permanente de estos y la maxima participaciOn social, para beneficio de la salud y
el
bienestar de los presentee y futuros habitantes del temtorio nacional.
2o. Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotacion de los recursos naturales no
renovables sobre los demas recursos.
3o. Regular la conducta humana, individual o colectiva y la actividad de la Administracion
Publica, respecto del ambiente y de los recursos naturales renovables y las relaciones que
surgen del aprovechamiento y conservaciOn de tales recursos y de ambiente (...)".
Que el Decreto 1076 de 2015 por el cual se crew el Decreto Onico Reglamentario del Sector
Ambiente y Desarrollo Sostenible, agrupa una serie de normas de caracter Ambiental que,
aunque variedad de ellas siguen vigentes, en su gran mayoria han sido compiladas y actualizadas
a travOs de la creacion de la norma Onica reglamentaria, es por ello que de conformidad a la
unidad en la normatividad ambiental dicho decreto establece lo siguiente:
"Que en virtud de sus caracteristicas propias, el contenido material de este decreto guarda
correspondencia con el de los decretos compilados; en consecuencia, no puede
predicarse el decaimiento de las resoluciones, las circulares y demas actos administrativos
expedidos por distintas autoridades administrativas con fundamento en las facultades
derivadas de los decretos compilados (...)",
De lo anterior se desprende lo relacionado con la compatibilidad de normas incluidas en el
decreto, en cuanto su use y aplicacion en el tiempo, por ello el articulo 3.1.1 se refiere a la
derogatoria integral de las disposiciones reglamentarias que versen sobre un mismo asunto y de
ello se establece lo siguiente:
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ProyectO
Anderson Favian Lopez
Cargo
Contratista
Firma
RevisO juridicamente
Anderson Favian Lopez
Cargo
Contratista
Firma

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