Resolución N° 159 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 14-02-2007 - Normativa - VLEX 878420158

Resolución N° 159 de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, 14-02-2007

Número de resolución159
Fecha14 Febrero 2007
Fecha de publicación12 Febrero 2007
Tipo de documentoResolución
MateriaOtro
Partes- CDA REVITEC SA
RESOLUCION

RESOLUCION 000159

( 14 de Febrero de 2007 )


El Subdirector de Normatización y Calidad Ambiental De La Corporación Autónoma Regional Para La Defensa de la Meseta de Bucaramanga, en ejercicio de las facultades conferidas mediante ley 99 de 1993 y en especial de la Ley 769 de 2002, la Resolución 3500 de noviembre 21 de 2005, de los Ministerios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la resolución 0653 de abril 11 de 2006 expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y delegadas mediante Resolución C.DM.B. No. 00788 de septiembre 04 de 2003


CONSIDERANDO


Que mediante ley 769 de 2002, fue expedido el Código Nacional de Transito Terrestre y se estableció en su artículo 53 que “La revisión técnico-mecánica y de gases se realizará en centros de diagnóstico automotor legalmente constituidos, que posean las condiciones mínimas que determinen los reglamentos emitidos por el Ministerio de Transporte y el Ministerio del Medio Ambiente en lo de sus competencias. Los resultados de la revisión técnico-mecánica y de gases serán consignados en un formato uniforme cuyas características determinarán los Ministerios anotados”.


Que los Ministerios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidieron la resolución 3500 de noviembre 21 de 2005 y establecieron las condiciones mínimas que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para la realización de las revisiones técnico-mecánica y de gasees, de los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional.


Que mediante resolución 0653 de abril 11 de 2006, se adoptó el procedimiento para la expedición de la certificación en materia de revisión de gases, de que trata la resolución 3500 de 2005.


Que mediante auto número 4197 de Febrero 06 de 2007, el Subdirector de Normatización y Calidad Ambiental, de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, dispuso iniciar el trámite necesario para el otorgamiento de una certificación de cumplimiento de exigencias ambientales en materia de revisión de gases, de que trata la resolución 3500 de noviembre 21 de 2005, proferida por los Ministerios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, a nombre de la sociedad Centro de Diagnóstico Automotriz CDA REVITEC S.A., identificada con el NIT No. 900088581-0.


Que realizada, por parte de la Subdirección de Normatización y Calidad Ambiental, la evaluación de que trata el numeral 3 del artículo 2 de la resolución 0653 de 2006, fue proferido concepto técnico respecto de la misma, de acuerdo al cual se establece la procedencia para CERTIFICAR a la sociedad Centro de Diagnóstico Automotriz CDA REVITEC S.A., acorde con lo dispuesto en la Resolución 3500 de 2005 de los Ministerios de Ambiente y Transporte, para el montaje y puesta en funcionamiento de un centro de diagnóstico para la revisión de gases y opacidad en vehículos de todas las líneas (Motocicletas, Vehículos Livianos y Vehículos Pesados) Diagnosticentros clase D., por las siguientes razones:


  1. Los equipos propuestos para la revisión de gases y humos (opacidad), cuentan con las siguientes...

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