Resolución Nº 168 de Secretaria Juridica Distrital - Sjd, 03-09-2021 - 8 de Septiembre de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 875984718

Resolución Nº 168 de Secretaria Juridica Distrital - Sjd, 03-09-2021

Fecha de emisión03 Septiembre 2021
Fecha de publicación08 Septiembre 2021
EmisorSecretaria Juridica Distrital - Sjd
Número de Gaceta7230
BOGOTA
SECRETARÍA
JURÍDICA
DISTRITAL
RESOLUCIÓN N°
1 fi 8
DE
2 0 2 1
( O 3 SEP 2021
"Por la cual se modifica la Resolución 112 de 2021
"Por cual se adopta el Teletrabajo en
la Secretaría Jurídica Distrital".
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del
artículo 5 del Decreto 323 de 2016, el artículo 2° del Decreto 806 del 2019 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1221 de 2008, en el artículo 2 define el teletrabajo
"como una forma de
organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o
prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la
información y la comunicación — TIC para el contacto entre el trabajador y la
empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de
trabajo."
Que así mismo, en el artículo 3 parágrafo 1° establece:
"Teletrabajo para población vulnerable. El Ministerio de la Protección Social, dentro
de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de esta ley, formulará una
política pública de incorporación al teletrabajo de la población vulnerable
(Personas en situación de discapacidad, población en situación de desplazamiento
forzado, población en situación de aislamiento geográfico, mujeres cabeza de
hogar, población en reclusión, personas con amenaza de su vida)."
Que mediante el Decreto Nacional 884 de 2012, el Gobierno reglamentó la
Ley 1221 de 2008 y amplió la definición del Teletrabajo como una forma de
organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una
relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades
remuneradas con utilización de las tecnologías de la información y las
comunicaciones para el contacto entre el trabajador y el empleador, sin requerirse
Carrera 8 No. 10— 65
Código Postal: 111711
Tel: 3813000
www.bogotajuridica.gov.co
Info: Línea 195
,7>CQR
COMPAÑíA
COTECNA
ISO 9001:2015
j
CERTIFICADA
ALCALINA MAYOR
DE BOGOTÁ De
SECASMIA JUPIDICA DISTA.
NO. CERTIRDIO0 SE 2018007982
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2311520-FT-130 Versión 01
CQR
"A
ISO 9
m
001 :2015
CERTIFICADA
BOGOTA
SECRETARIA
JURÍDICA
DISTRITAL
4
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Continuación de la Resolución
N
°
.
I
o 8
DE O
3 SEP
2021
"Por la cual se modifica la Resolución 112 de 2021
"Por cual se adopta el Teletrabajo en
la Secretaría Jurídica Distrital".
la presencia física del trabajador en el sitio específico de trabajo.
Que mediante el Decreto Distrital 806 de 2019, la Alcaldía Mayor de Bogotá dictó
las disposiciones para la implementación, apropiación, adopción, fomento y
sostenibilidad del Teletrabajo en organismos y entidades distritales en el marco de
la Ley 1221 de 2008. El artículo 2° del mencionado decreto indica que es
responsabilidad de las entidades distritales, expedir los actos administrativos
necesarios para regular la puesta en marcha e implementación del Teletrabajo en
el Distrito Capital, así como realizar la evaluación permanente y formular las
acciones de mejora cuando su desarrollo lo requiera.
Que el artículo 3 del decreto antes mencionado estableció los criterios de prioridad
para acceder al teletrabajo, así:
"Artículo 3°.- Criterios de prioridad.
Se deberá promover la inclusión
progresiva de todos los servidores públicos que de manera voluntaria deseen
participar en Teletrabajo sin importar su nivel jerárquico de empleo, siempre
y cuando su cargo lo permita y cuenten con las competencias y el lugar
adecuado para hacerlo, no obstante, las entidades deberán dar prioridad a
aquellos que se encuentren en las siguientes condiciones:
a.
Discapacidad.
b.
Movilidad reducida.
c.
Con hijos o padres en situación de discapacidad que requieran su
presencia.
d.
Lactantes o gestantes.
e.
Con hijos en la etapa de primera infancia (de O a 5 años).
f.
Madre o padre cabeza de familia.
g.
Con indicaciones médicas especiales.
h.
En situación de desplazamiento forzado.
i.
Residentes en zonas rurales apartadas.
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ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
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BOGOTA
SECRETARÍA
JURÍDICA
DISTRITAL
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DE
O 3 SEP 2021
"Por la cual se modifica la Resolución 112 de 2021
"Por cual se adopta el Teletrabajo en
la Secretaría Jurídica Distrital".
j.
Víctimas de violencia de género.
k.
Amenazas contra la integridad física.
Que el secretario jurídico Distrital expidió la Resolución No. 112 del 23 de junio de
2021,
"Por la cual se adopta el Teletrabajo en la Secretaría Jurídica Distrital".
Que el artículo 3 ibídem determinó la implementación progresiva del Teletrabajo
iniciando en la vigencia 2021 con un máximo de (8) ocho servidores(as)
públicos(as), en la vigencia 2022 con un máximo de (12) doce, en la vigencia 2023
con un máximo de (18) dieciocho hasta llegar a un total acumulado de (24)
veinticuatro servidores(as) públicos(as) en la vigencia 2024.
Que el artículo 12 de la mencionada resolución estableció el procedimiento a través
del cual los/las servidores(as) públicos(as) pueden acceder al Teletrabajo, no
obstante, se evidenció que en el mencionado artículo no se especificaron los
criterios de desempate aplicables en las convocatorias respectivas.
Que, si bien es cierto, tanto el Decreto Distrital 806 de 2019 como la Resolución 112
de 2021 establecen los criterios de priorización, ninguno determina el orden de
prioridad, como tampoco establecen los lineamientos a seguir en los casos donde
existe un empate ante la aplicación de los criterios que permita la asignación de los
cupos disponibles.
Que el Comité de Gestión y Desempeño Institucional de la Secretaría Jurídica
Distrital, en reunión del 22 de julio de 2021, estableció solicitar la modificación de la
Resolución No. 112 de 2021, con el fin de definir los criterios de desempate para
las/los servidores(as) públicos(as) postulados a la modalidad de Teletrabajo
suplementario como teletrabajador de la Secretaría Jurídica Distrital.
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