Resolución nº 2010-0218 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 926071137

Resolución nº 2010-0218 de Consejo Nacional Electoral

Fecha20 Octubre 2009
Año de Publicación2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
(Febrero 09)
Por la cual se Resuelve el Recurso de Reposición interpuesto contra la Resolución
No.-
0944
del
20 de octubre de 2009, mediante la cual se sanciona al
PERIODICO "GUAJIRA GRAFICA" DE RIOHACHA" GUAJIRA,
con Matrícula
Mercantil No.- 00000067 de la Cámara de Comercio de la Guajira., y NIT No.-
00000007413056-0, por la violación del Artículo 24 de la Ley 130 de 1.994, sobre
Propaganda Electoral.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de
las atribuciones constitucionales y legales, en especial las
contenidas en el artículo 265 Numeral (6°) de la Carta Política, el artículo 39 de la
Ley 130 de 1994; Resolución No.- 1487 de 2003 proferida por ésta Corporación y,
de conformidad con los siguientes:
1. HECHOS
1.1.
El Señor MANUEL RIVADANEIRA ROMERO, mediante correo electrónico,
denuncia la posible transgresión del Artículo 24 de la Ley 130 de 1.994,
consignando: " (..) Nos llama la atención que el Doctor JUAN CARLOS
GALINDO, afirma que la publicidad política inicia el 28 de julio de 2007, sin
embargo, en la Guajira, los vehículos portan calcomanías con los famosos
"mensajes subliminales" que todo el mundo sabe cual es el candidato; en
los periódicos locales, fotografías de esas, vehículos, etc.(...)".
1.2
Por Reparto efectuado el 25 de junio de 2007, le correspondió al Despacho
del Magistrado JOSE JOAQUIN PLATA ALBARRACIN, el conocimiento y
sustanciación de las actuaciones Administrativas distinguidas con el
Radicado No.- 797-19 de 2007, contra el Periódico "Guajira Gráfica". El 30
de Mayo del año en mención, el conocimiento del asunto corresponde al
Magistrado OSCAR GIRALDO JIMENEZ.
1.3
Con Auto calendado el 9 de junio de 2007 el Magistrado JOSE JOAQUIN
PLATA ALBARRACIN, abre Indagación Preliminar, a fin de determinar si
los hechos denunciados por el Quejoso, señor MANUEL RIVADANEIRA
ROMERO, transgredían las Disposiciones sobre Propaganda Electoral,
para lo cual decretó la recepción de declaración libre y espontanea del
Representante Legal del Periódico "GUAJIRA GRAFICA", señor GERMAN
ROJAS NUÑEZ, quién surte ésta diligencia el 27 de Agosto de 2007.
1.4
Los Delegados de la Registradora Nacional del estado Civil, del
Departamento de la Guajira ( Riohacha), con oficio del 30 de Agosto de
2007, allegan al Despacho la Versión Libre rendida por el Representante

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