Resolución nº 2010-1231 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925340997

Resolución nº 2010-1231 de Consejo Nacional Electoral

Fecha10 Junio 2010
Año de Publicación2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No. 1231
de 2010
(10 DE JUNIO)
Por la cual se resuelve
la reclamación de presentada por el doctor
PLINIO ALARCON BUITRAGO,
en su condición de apoderado
del Movimiento Independiente de Renovación Absoluta,
MIRA
para los escrutinios del Senado de la República, en cuanto a
algunas mesas del Municipio de López ( Micay) y Guapi en el
departamento del
CAUCA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones constitucionales consignada en el numeral 6°
del artículo 265 de la Constitución, así como por lo dispuesto en e las
Resoluciones 420 de 2006 y 552 de 2010 del Consejo Nacional Electoral,
teniendo en cuenta los siguientes,
HECHOS
El 14 de marzo de 2006 se llevaron a cabo en todo el territorio nacional las
votaciones para la conformación entre otros del SENADO DE LA REPÚBLICA,
período constitucional 20010-2014.
El día 16 de marzo del año en curso previa convocatoria, el Consejo Nacional
Electoral dio inicio en Audiencia Pública, al escrutinio de las votaciones efectuadas
en la fecha señalada.
3. Por reparto realizado
el 31 de marzo en Sala de la Corporación,
correspondió a Magistrado ponente conocer de las solicitudes recibidas y
relacionadas con los escrutinios de las votaciones realizadas el 14 de
marzo del año en curso y depositados en varios departamentos entre ellos
del departamento del CAUCA.
4.-El doctor PLINIO ALARCON BUITRAGO identificado con la cédula de
ciudadanía número 79.205.480 y tarjeta profesional número 130.401 del C.S.J.,
en su condición de apoderado del Movimiento Independiente de Renovación
Absoluta, MIRA, presentó el 21 de abril, reclamaciones con fundamento en el
numeral 3° del artículo 192
del Código Electoral, sobre dos (2) mesas del
Municipio de López (Micay) y una (1) del municipio de Guapi, departamento del
Cauca.
5.- Mediante comunicación SS-3529 del 9 de junio del año en curso, la Sub
secretaría de la Corporación informó al despacho del Magistrado ponente que las
citadas reclamaciones "fueron presentadas personalmente el día 21 de abril de
2010 en la secretaría de acreditación de la audiencia pública de escrutinios
nacionales."

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