Resolución nº 2010-2346 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943231665

Resolución nº 2010-2346 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2010
Fecha26 Octubre 2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No.
2346
DE 2.010
(DICIEMBRE 21)
Por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la
Resolución 2157 del 26 de octubre de 2010
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las
conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política,
y teniendo en cuenta los
siguientes
HECHOS
Mediante Resolución 0284 de febrero 16 de 2010 proferida por el Consejo
Nacional Electoral se fija la cuantía y se distribuye entre los partidos y
movimientos políticos con personería jurídica vigente, los recursos estatales
asignados al Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales
para la financiación del funcionamiento de los mismos para la vigencia de 2010, y
se determina el porcentaje correspondiente a la deducción del costo con destino al
sistema de auditoría externa.
Por medio de la Resolución 2157 de octubre 26 de 2010. el Consejo Nacional
Electoral revoca el inciso primero del artículo 8 de la Resolución 284 de 2010,
acto administrativo que es objeto de impugnación por los Representantes Legales
de los Partidos ALAS, Movimiento Apertura Liberal y por el apoderado del Partido
Colombia Democrática.
El Representante Legal del Movimiento Apertura Liberal MIGUEL ANGEL
FLOREZ RIVERA mediante Radicado 6369 del 18 de noviembre de 2010 impugnó
la Resolución 2157 de 2010 esgrimiendo los argumentos formulados en el recurso
de reposición interpuesto contra la Resolución 1959 de 2010 tendientes a lograr el
reconocimiento de este Movimiento como minoría política. pretendiendo la
revocatoria del artículo primero de la citada resolución 2157 de 2010 con el fin de
que obtener que
"se financie a través del Fondo Nacional de Financiación de
Partidos y Campañas electorales o quien haga sus veces el funcionamiento del
Movimiento Apertura Liberal desde el 20 de julio de 2010 hasta el 19 de julio de
2014";
así mismo que se liquiden y giren oportunamente los recursos de
financiamiento a que tiene derecho el Movimiento Apertura Liberal
"proporcionalmente desde el 20 de julio de 2010 y hasta que queden ejecutoriados
los actos administrativos que decidan la pérdida de dichas personerías jurídicas
de las organizaciones políticas que correspondan desde el 20 de julio de 2010
hasta el 19 de julio de 2014"
y finalmente
"que se re-distribuyan los recursos que
conforme a la Resolución 0284 de 2010 fueron asignados para el período
comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 19 de julio de la misma anualidad, y
que en definitiva no fueron girados al Partido Alianza Democrática Nacional "ADN",
entre los partidos y movimientos políticos respectivos y, se gire oportunamente al
Movimiento Apertura Liberal lo que proporcionalmente le corresponde"

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