Resolución nº 2012-1246 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827411725

Resolución nº 2012-1246 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro5262-11
Fecha04 Julio 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No. 1246 DE 2012
(04 DE JULIO)
Por medio de la cual se da por terminada la indagación preliminar y se ordena el
ARCHIVO
definitivo en contra del señor JORGE HONORIO ARROYAVE SOTO.
por la no infracción del artículo 24 de la Ley 130 de 1994. sobre propaganda
electoral. por la presunta vulneración del artículo 24 de la Ley 130 de 1994.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las
conferidas por los artículos 265 numeral 6° de la Constitución Política, 39 de la ley
130 de 1994. La Resolución 1487 de 2003 del Consejo Nacional Electoral, y
teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS
Mediante escrito radicado en esta Corporación el día 8 de julio de 2011.
el señor LUIS FERNANDO RESTREPO, presentó denuncia por
publicidad electoral contra JORGE HONORIO ARROYAVE SOTO.
Manifestó en su escrito:
"PRIMERO:
en el desarrollo de la función de prevención, control y
vigilancia que la ley 140 de 1994 delego en las alcaldías municipales
y el decreto 1683 de 2003, por medio del cual se reglamente la
publicidad exterior visual y los avisos publicitarios en el municipio de
Medellín. se
tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los
habitantes del país. mediante la descontaminación visual y del
paisaje. la
protección del espacio público y de la integridad del medio
ambiente. la
seguridad vial y la simplificación de la actuación
administrativa en relación con la publicidad exterior visual y los
avisos publicitarios.
Es por ello, que durante el recorrido realizado por las calles del
municipio de Medellín. encontramos que ha sido instalada un valla no
autorizada en la carrera 46 con calle 57 en el centro de la ciudad de
Medellín. por parte del señor JORGE HONORIO ARROYAVE SOTO.
actualmente diputado de la asamblea de Antioquia. sobre la cual
anexamos fotografía e indicamos el lugar de instalación de la
publicidad antes aludida.
En virtud de lo anterior. ponemos en conocimiento de su despacho,
por ser el órgano competente. la
instalación de la mencionada
publicidad, para determinar si su clasificación corresponde
a

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