Resolución nº 2015-3455 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827423985

Resolución nº 2015-3455 de Consejo Nacional Electoral

Fecha28 Septiembre 2015
Número de registro3455-2015
RESOLUCIÓN No. 3455 DE 2015
(28 de septiembre)
Por medio del cual se adoptan decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y
sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en
el Municipio de QUIBDO CHOCO, para las elecciones de autoridades locales a realizarse
el 25 de octubre del año 2015.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
artículos 265 numeral 6º y 316 de la Constitución Política, el artículo 4° de la ley 163 de
1994, las Resoluciones No. 0333 de 2015 y 1604 de 2015 proferidas por el Consejo Nacional
Electoral y con fundamento en los siguientes
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 Ante el Consejo Nacional Electoral se presentó queja por la presunta inscripción
irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de QUIBDO CHOCO, sobre lo cual esta
Corporación expidió la Resolución No. 2013 de 2015.
1.2 Por reparto interno de negocios efectuado el día 07 de septiembre de 2015, le
correspondió el conocimiento del asunto relacionado con el municipio de QUIBDO
CHOCO, al Magistrado FELIPE GARCIA ECHEVERRI.
1.3 Mediante Resolución 1604 de 2015, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral
resolvió asumir de oficio toda la inscripción de cédulas en varios municipios en donde las
quejas no cumplían con los requisitos establecidos en la Resolución 0333 de 2015, empero
teniendo como fundamento que esta Corporación “(…) es un órgano de garantía de la vigencia
de los derechos fundamentales asociados a la democracia representativa, al que le corresponde por
mandato Constitucional velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas
garantías. (…)”.
Resolución No. 3455 de 2015 Pág. 2
1.4 Mediante Auto de fecha 8 de septiembre de 2015(1), el Consejo Nacional Electoral por
conducto del Magistrado Ponente, ordenó:
“(…) PRIMERO: ADMITIR la queja o petición presentada por el ciudadano FRANCISCO
ABDIA VELASQUEZ SALGUERO, a la que se le asignó el número de radicación 2357.-
01-15, por la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de
QUIBDO CHOCO, a la que se le acumularán todos los asuntos que sean abonados a las
presentes diligencias.
SEGUNDO: ASUMIR EL CONOCIMIENTO de los hechos denunciados como presunta
inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de QUIBDO CHOCO, para
las elecciones de autoridades locales a celebrarse el 25 de octubre del año 2015 y de
OFICIO toda la inscripción que se efectué en los términos establecidos por el artículo 49 de
la Ley 1475 de 2011.
TERCERO: REQUERIRLE al Registrador del Estado Civil en el municipio de QUIBDO
CHOCO lo siguiente:
a) Que fije por el término de cinco (5) días calendario, un AVISO en la Secretaría de la
Registraduría Municipal mediante el cual se informe a TODOS LOS CIUDADANOS
que HAN INSCRITO E INSCRIBAN la cédula de ciudadanía el periodo comprendido
entre el 25 de octubre de 2014 y el 25 de agosto de 2015, sobre la iniciación del
procedimiento tendiente a dejar sin efecto la inscripción de las cédulas de ciudadanía
en el municipio de QUIBDO CHOCO.
PARÁGRAFO: Una vez concluido el precitado periodo de publicación, el Registrador
del Estado Civil deberá remitir por el medio más expedito y a la mayor brevedad
posible la respectiva constancia de fijación y desfijación del AVISO.
CUARTO: TÉNGASE como prueba los cruces de la información que suministre la
Registraduria Nacional del Estado Civil al Consejo Nacional Electoral en cumplimiento de
lo dispuesto en el Artículo 2.3.1.8.5. del Decreto 1294 de 2015, así como los que se
requieran de acuerdo a la relación de cédulas impugnadas por la ciudadanía, dentro de los
que deberá estar también lo relacionado con el archivo nacional de identificación y el censo
electoral, para lo cual el Despacho oficiará a tal Entidad cuando a ello hubiere lugar.
1 Por medio del cual se admite una queja y se asume el conocimiento de oficio por presunta inscripción
irregular de cédulas de ciudadanía para las elecciones de Autoridades Locales a celebrarse el 25 de octubre de
2015 en el municipio de QUIBDO CHOCO y se decretan unas pruebas
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QUINTO: SOLICITAR al Alcalde Municipal de QUIBDO CHOCO, se ordene a quien
corresponda expedir certificación con destino a las presentes diligencias, del último censo
poblacional del municipio y de la división política estipulando el número de corregimientos,
inspecciones o veredas que lo conforman con sus respectivos números de habitantes,
como también certificación de la nomenclatura del mismo, especificando el número de
calles y carreras existentes en el ente territorial. Para dichos efectos, confiérase un término
de tres (3) días hábiles. OFÍCIESE.
SEXTO: LÍBRENSE por conducto de la Subsecretaría de la Corporación, las
comunicaciones a que haya lugar, para efectos del cumplimiento a lo dispuesto en el
presente proveído. (…)”.
1.5 Mediante oficio RDE-DCE 1585 del 09 de septiembre de 2015, suscrito por el
Coordinador del Grupo Técnico de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado
Civil, se allegó conforme a lo dispuesto en el Decreto 1294 de 2015, la base de datos de
inscritos, así:
“(…) REF: Base de Datos de Inscritos periodo 2014 - 2015, Decreto 1294 de 2015.
De manera atenta y de acuerdo a la solicitud de la Sala Plena del Honorable Consejo
Nacional Electoral, me permito informar que en medio magnético adjunto en archivo plano,
se entrega los archivos a nivel nacional de los inscritos del periodo 2014 2015
procesados en su totalidad a la fecha, por el tamaño del archivo se dividió en cuatro (4),
renombrándolos con, trashumancia1, trashumancia2, trashumancia3 y trashumancia4, tres
(3) archivos con un millón (1.000.000) de registros y un (1) archivo con 983.845 registros
para un total de cuatro archivos nacionales que suman 3.983.845 registros totales.
Es pertinente informar que el restante de los inscritos los cuales ascienden a 157.210
registros aproximadamente, se encuentran en depuración y revisión por parte de la
Dirección de Censo Electoral y los Registradores Municipales, los cuales se entregaran al
finalizar el proceso de revisión del precenso a nivel nacional.
Igualmente le informo que este archivo contiene los inscritos procesados y cruzados con
las bases de datos de, Censo Actual, Censo Presidente y Congreso 2014, Censo de
Autoridades Locales 2011, Archivo Nacional de Identificación, Beneficiarios FOSYGA con
tipo de régimen, SISBEN actual con fechas y Sisben 2014 con fechas, ANSPE y múltiple
inscripción adicionalmente, estos archivos ya fueron cruzados con la información de
huellas del Archivo Nacional de Identificación y fue verificada la plena identidad de los

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