Resolución Nº 2015 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 13-12-2023 - Normativa - VLEX 972662130

Resolución Nº 2015 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, 13-12-2023

Sentido del falloResuelve proceso sancionatorio
ReceptorCarlos Benavidez
Fecha13 Diciembre 2023
Número de resolución2015
MateriaSancionatorias
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cORto/kmA291,9A
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RESOLUCIÓN DTP
No.
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Por medio del cual sé Resuelve el Proceso Administrativo Sancionatorio Ambiental PS-06-86-568-050-
16, en contra del señor CARLOS OMAR BENAVIDES BASANTE, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 13.066.968 expedida en Tuquerres (N), por la presunta vulneración a la normatividad
ambiental, especialmente la contenida en el Decreto 1076 de 2015, y demás normas concernientes.
Corporación para el
-
Desarrotro Sosteniffi
.
derSur de Ca Amazonia
La Directora de la Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia
CORPOAMAZONIA, en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias en especial de las
conferidas por la Ley 99 de 1993 Artículo 31 numeral 2, 11, 12 y 17, Artículos 35, 49 y 51; Resolución 0190 de
2003, Resolución 0542 de 1996, Decreto 1220 de 2005 Artículo 9 y 32, Decreto 1791 de 1996 y Acuerdo 002 de
febrero de 2005.
ANTECEDENTES
Que el día 03 de abril de 2016, Policía Nacional mediante oficio S-2016-00004759/DIDOS/ESPAS, suscrito por
el Patrullero ANDRES MARTINEZ CORTES, Integrante Patrulla de Vigilancia Cuadrante 1 MNVCC Puerto Asís,
deja a disposición incautación de productos forestales, donde dispuso lo siguiente:
"Respetuosamente me dirijo a este despacho con el fin de dejar a disposición 7.42 metros de madera canalete el
cual es transportada en un vehículo tipo camión de placas TDM 117 conducido por el señor Benavides Basante
Carlos Omar con cedula de ciudadanía número 13.066.968 de Tuquerres (Nariño) el cual al momento de solicitarle
la documentación correspondiente manifiesta no presentar ningún documento ni guía de transporte que acredite su
procedencia y legalidad de la misma, por tal motivo se le hace la incautación".
Que el día 03 de abril de 2016, personal contratista de la Unidad Operativa Bosque Protector Productor de la
Dirección Territorial de CORPOAMAZONIA, se desplazan hasta el barrio Acevedo en el municipio de Puerto
Asís, con el fin de verificar los productos forestales objeto de aprehensión preventiva.
Que, en la inspección se verificó 6.26 m
3
de productos forestales en primer grado de transformación (bloques)
de la especie forestal Canalete, los cuales se movilizaban en un vehículo tipo camión de placa TDM117,
conducido por el señor CARLOS OMAR BENAVIDES BASANTE, identificado con cédula de ciudadanía No.
13.066.968 expedida en Tuquerres (N).
Que el marco del procedimiento se diligencian los siguientes documentos: Acta de Decomiso Preventivo de
Fauna y Flora Silvestre ADPFF-06-86-0330-2016, Acta de Avaluó y Estado Actual de Productos de Fauna y/o
Flora Silvestre A.E.P.F Y-06-86-568-0331-2016, y Acta Única de Control al Tráfico Ilegal de Flora y Fauna
Silvestre No. 0020272.
Que el día 18 de abril de 2016, la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, emite el AUTO DTP
No. 122, por medio del cual se legaliza la medida de decomiso impuesta sobre sobre madera de la especie
CANALETE EN SEIS PUNTO VEINTISÉIS METROS CUBICOS, avaluadas en la suma de SETECIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS PESOS ($782.500.00), decomisadas al señor CARLOS OMAR
BENAVIDES BASANTE, identificado con cedula da ciudadanía número 13.066.968 de Tuquerres Nariño, de
conformidad con el acta única de control al tráfico ilegal de flora y fauna silvestre número 0020272, por infringir
presuntamente normas ambientales, especialmente las consagradas en el Decreto Único No. 1076 del 2015.
Actuación que fue comunicada por AVISO y desfijada el 24 de abril de 2016.
Que el día 26 de abril de 2016, la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAMAZONIA, emite el AUTO DTP
No. 162, por medio del cual se da Inicio al Proceso Administrativo Sancionatorio Ambiental con Formulación de
Cargos PS-06-86-568-050-016, en contra del CARLOS OMAR BENAVIDES BASANTE, identificado con cedula
da ciudadanía número 13.066.968 de Tuquerres Nariño, por infringir presuntamente normas ambientales,
especialmente las consagradas en el Decreto Único No. 1076 del 2015. Actuación que fue notificada de manera
personal el 24 de mayo de 2017.
Que el día 24 de mayo de 2017, mediante radicado interno DTP-192, el señor CARLOS OMAR BENAVIDES
BASANTE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.066.968.expedida en Tuquerres (N), y la señora
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SEDE PRINCIPAL:
Tel: (8) 4296 641 - 642 — 4295 267, Fax: 4295 255. Mocoa, Putumayo
AMAZONAS:
Tel: (8) 5925 064 — 5927 619, Fax: 5925 065. Leticia Amazonas
CAQUETÁ:
Tel: (8) 4351 870 — 4357 456 Fax: 4356 884. Florencia, Caquetá
PUTUMAYO:
Telefax: (8) 4296 395. Mocoa, Putumayo
corresoondenciaacormamazonia.cov.co
www.corpoamazonia.gov.co
Línea de Atención: 01 8000 930 506
3 1C 2023
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RESOLUCION DTP Nc
Por medio del cual se Resuelve el Proceso Administrativo
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16, en contra del señor CARLOS OMAR BENAVIDES BASANTE. .
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refieren que el aquí investigado es únicamente el transportador de los proct.ictl::ts forestales
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que la cantidad objeto del procedimiento es 1,25
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cargos y que la propietaria de la madera es la señora ANA VIRGINIA ESTRADA.
Que el día 02 de agosto de 2023, la Dirección Territorial Putumayo de CORPOAmAzoNiA., el-1
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No. 619, por medio del cual se DECRETAN PRUEBAS Y SE CORRE TRASLADO PAR», LA PRESEN
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DE ALEGATOS DE CONCLUSIÓN dentro del Proceso Administrativo Sanobttrw.:
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050-016, adelantado en contra del señor CARLOS OMAR BENAVIDES
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ciudadanía número 13.066.968 de Tuquerres Nariño, por infringir presttnt
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especialmente las consagradas en el Decreto 2811 de 1974, Decreto Único P
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y Desarrollo Sostenible-Decreto 1076 de. 2015 y Ley 1333 de 2009. Aci.is,(:,
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electrónico el día 10 de agosto de 2023.
Que el día 23 de noviembre de 2023, equipo técnico
CORPOAMAZONIA, emite el Informe Técnico IT-DTP-1008.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
con el cie-e,r,ho
gozar de un ambiente sano v el deber del Estado y de las personas
salvI9Gwc-r¿! os '
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ambiente
LEY 99 DE 1993, dispone lo relacionado con el objeto de las coípua
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desarrollo sostenible y entrevé la facultad de disposición, manejo y aprovenamienio co ccrecurs.:;s nw
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máxima autoridad ambiental dentro de su jurisdicción, y el numera
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de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas
recursos naturales renovables y exigir,
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sujeción a las regulaciones pertinentt...-;
TITULO XII DE LA LEY 99 DE 1993 en relación con las medidas de pcic..
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autónomas regionales lo cual se refleja en el siguiente articulado del pl•
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"ARTICULO 83.- Atribuciones de Policía. El MINISTERIO DEL MEDIO .:kA11
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Regionales, además de los departamentos, municipios y distritos
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investidos, a prevención de las demás autoridades competentes, d(-
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ejecución de las medidas de policía, multas y sanciones establecidas
ARTICULO 84.- Sanciones y Denuncias. Cuando ocurriere violación ,
. .
sobre manejo de recursos naturales renovables, el MINISTERIO
Autónomas Regionales impondrán las sanciones que se prevén en el
y la gravedad de la misma. Si fuere el caso, denunciarán el hecho
que
inicie la investigación penal respectiva.
ARTICULO 85.- Tipos de Sanciones. El MINISTERIO DEL MEDIC
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Regionales impondrán al infractor de las normas sobre protección an7i.)i,'L,21,..,!
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recursos naturales renovables, mediante resolución motivada y seg'if
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tipos de sanciones y medidas preventivas:
Página 2 de 21
Tel (8) 4296 641 - 642 - 4295 267, Fax 4295 255 Mocoa, Putumayo
Tel (8) 5925 054 - 5927 619, Fax' 5925 065 Leticia Amazonas
Tel 18) 4351 87C - 4357 456 Fax 4356 884. Ficrencia, Cagueta
Telefax: (8) 4296 395 Mocoa Putumayo
SEDE PRINCIPAL:
AMAZONAS:
CAQUETA:
PUTUMAYO:

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