Resolución nº 2022 - 5649 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938697173

Resolución nº 2022 - 5649 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2022
Fecha15 Diciembre 2022
CNV
EI
Consejo Nacional Electoral
«Minan
RESOLUCIÓN No. 5649 de 2022
(15 de diciembre de 2022)
Por medio de la cual
SE SANCIONA
al excandidato a la dobernación del Departamento de
Arauca,
ÁLVARO CRIS TANCHO TOS CANO
y su ex gerente de campaña
HENRY ENRIQUE
MUÑOZ CÁCERES
por la presunta responsabilidad en la vulneración del artículo 109
Constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no
apertura de la cuenta única bancaria, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre
de 2019, conforme al radicado
CNE-E-DG-2022-005954.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto
Legislativo 01 de 2009, artículo 39 de la Ley 130 de 1994, artículo 13 de la Ley 1475 de 2011,
artículo 47 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 y con fundamento en los siguientes:
1.
HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1
Mediante oficio No. CNE-FNFP 803 del 21 de mayo de 2020, radicado en esta
Corporación el 01 de julio de 2020 con radicado No. 5075-20, la Asesora del Fondo Nacional
de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, remitió una relación de candidatos a
las campañas de gobernación, alcaldía, asamblea, concejo y juntas administradoras locales,
avalados por el MOVIMIENTO POLÍTICO ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA
ADA-, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y los
artículos 1 y 2 de la Resolución No. 3097 de 2013, para las elecciones realizadas el 27 de
octubre de 2019.
1.2
Por reparto efectuado por la Corporación el 06 de agosto de 2020, correspondiente a
los expedientes 5075-20, fue asignado su conocimiento al Magistrado
RENATO RAFAEL
CONTRERAS ORTEGA.
1.3
Al expediente 5075-20 fueron abonados inicialmente los siguientes radicados, en los
cuales el Fondo Nacional de Financiación Política informó una presunta violación al artículo 25
de la Ley 1475 de 2011, por diversos hechos relacionados con la vulneración del mismo:
Resolución No. 5649 de 2022
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Por medio de la cual
SE SANCIONA
al excandidato a la Gobernación del Departamento de Arauca,
ÁLVARO CRIS TANCHO
TOSCANO
y su ex gerente de campaña
HENRY ENRIQUE MUÑOZ CACERES
por la presunta responsabilidad en la
vulneración del articulo 109 Constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la roo
apertura de la cuenta única bancaria, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado
CNE-E-DG-2022-005954.
202000013379-00
202000012521-00
202000014283-00
202000014289-00
202100002648-00
202100002860-00
202100004127-00
202100005099-00
202100006305-00
202100006320-00
202100006322-00
I.
202100008354-00
1.4
A través de la Resolución No. 2879 de 2021, se abrió investigación y formularon cargos
a unos ex candidatos a corporaciones y cargos uninominales, por la presunta violación de los
incisos 1,2 y 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
1.5
Revisados los radicados referidos en el numeral 1.3, algunas de las personas
relacionadas en dichos oficios ya tienen una investigación en curso en esta Corporación por
incumplimiento del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y se les formularon cargos mediante la
1.6
Teniendo en cuenta lo anterior, hay otras personas que no están siendo objeto de
investigación y que por tanto, se advierte la necesidad de realizar el desglose de algunos
radicados con el fin de llevar de forma organizada todas las investigaciones. Los radicados
que se desglosarán son los siguientes:
El 07/12/2020 fue allegado abono con radicado 2020000013379-00 y el 17/11/2020 fue
allegado abono con radicado 2020000012521-00, sobre investigación por no
presentación de del informe de ingresos y gastos de campaña en contra de Rubén Darío
Correa.
El 29/12/2020 fue allegado abono con radicado 2020000014289-00 sobre investigación
por no apertura de cuenta única bancaria, no manejo de los recursos a través de la
misma y no nombramiento de gerente de campaña en contra de las siguientes
personas: Adalberto Adrián Martínez, AliriO Cárdenas, Andrés Guillermo Daza, Angela
María Puerta, Carlos José Miranda, Clara Inés Rodríguez, Daniel Segundo Sierra,
\$-
Resplución No. 5649 de 2022
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Por medio de la cual SE SANCIONA al excandidato a la Gobernación del Departamento de Arauca, ALVARO CRISTANCHO
TOSCANO y su ex gerente de campaña HENRY ENRIQUE MUÑOZ CACERES por la presunta responsabilidad en la
vulneración del articulo 109 Constitucional, en concordancia con el articulo 25 de la Ley 1475 de 2011,
respecto
de la no
apertura de/a cuenta única bancaria, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado
CNE-E-DG-2022-005954.
Dinael Cáceres, Elizabeth Oviedo, Enrique Javier Bracho, Juan Paulo Ovalle, Karina
Isabel Barrios, Sandra Milena Daza, Wuilmer Redondo, Zulima lndira Caicedo.
El 19/02/2021 fue allegado abono con radicado 202100002860-00 sobre investigación
por no apertura de la cuenta única bancaria en contra de Álvaro Cristancho Toscano.
El 19/03/2021 fue allegado abono con radicado 202100004127-00 sobre investigación
por no manejo de los recursos a través de la cuenta única bancaria en contra de Luis
Fernando Muñoz Ramírez.
El 15/04/2021 fue allegado abono con radicado 202100005099-00 sobre investigación
por no manejo de los recursos a través de la cuenta única bancaria en contra de: Martha
Audrey Barrera, Luis Oscar Bedoya, María Fernanda Betancourth, María Alejandra
López, Yamile López, Carlos Eduardo Mejía, Vicente Rafael Montes.
El 14/05/2021 fue allegado abono con radicado 202100006305-00 sobre investigación
por no presentación de del informe de ingresos y gastos de campaña en contra de:
Jesús Eduardo Cubillos Moreno.
El 14/05/2021 fue allegado abono con radicado 202100006320-00 sobre investigación
por no manejo de los recursos a través de la cuenta única bancaria en contra de Pablo
Evaristo Bernal.
El 14/05/2021 fue allegado abono con radicado 202100006322-00 sobre investigación
por no manejo de los recursos a través de la cuenta única bancaria en contra de Lorena
Yolima Avendaño.
El 25/06/2021 fue allegado abono con radicado 202100008354-00 sobre investigación
por no presentación del informe de ingresos y gastos de campaña en contra de: Janeth
García, José Etmides Meza, Juan Carlos Sarmiento, Francisco Alberto Daza, Luis Jesús
Fonseca, Angla Yurley Quesada, Claudia Patricia Acero, José Manuel Peñaloza, Jaime
Arturo Ariza, Pilar Marín, Nathalie Bibiana Uscátegui, Javier Enrique Montes, Sergio
Iván Muñoz.
1.7
Mediante Auto del 24 de enero de 2022, se ordenó el desglose del Expediente 5075-20,
en los siguientes términos:
\5\

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