Resolución Nº 225 de Secretaria de Educacion del Distrito - Sed, 12-02-2020 - 12 de Febrero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967016

Resolución Nº 225 de Secretaria de Educacion del Distrito - Sed, 12-02-2020

Fecha de emisión12 Febrero 2020
Fecha de publicación12 Febrero 2020
EmisorSecretaria de Educacion del Distrito - Sed
Número de Gaceta6735
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6735 • pP. 1-7 • 2020 • FEBRERO 12
Resolución Número SDH-000090
(Febrero 11 de 2020)
“Por la cual se efectúa un nombramiento ordinario”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA DE
BOGOTÁ, D.C.
en ejercicio de las facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por la Ley 909
de 2004, el Decreto 1227 de 2005, el Decreto 648
de 2017 y el artículo 1º del Decreto 101 del 13 de
abril de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante memorando remitido por el Secretario
Distrital de Hacienda se solicitó en la Subdirección del
Talento Humano, el nombramiento ordinario de GINA
PAOLA SOTO CHINCHILLA, en el cargo de Director
Técnico código 009 grado 08 Despacho del Director
de Gestión Corporativa.
Que una vez revisados los requisitos establecidos
en el manual de funciones de la Secretaría Distrital
de Hacienda, la Subdirección del Talento Humano,
certica que Gina Paola Soto Chinchilla los cumple.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Nombrar a GINA PAOLA SOTO CHIN-
CHILLA, identicada con cédula de ciudadanía No.
52.335.860, en el cargo de Director Técnico código 009
grado 08, Despacho del Director de Gestión Corpora-
tiva, de la planta de personal de la Secretaría Distrital
de Hacienda, con una asignación básica mensual de $
7.504.689 y gastos de representación de $ 3.001.876.
ARTÍCULO 2°. La presente resolución rige a partir de
la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
Resolución Número 048
(Febrero 11 de 2020)
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO
ORDINARIO”
EL SECRETARIO DE LA SECRETARÍA DISTRI-
TAL DE MOVILIDAD
En uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el numeral 1 del artículo 1 del
Decreto Distrital 101 de 2004, los artículos 4 nu-
meral 20 y 47 del Decreto Distrital 672 de 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Nombrar a SEBASTIÁN
VELÁSQUEZ GALLÓN identicado con la cédula de
ciudadanía No. 80.098.230, en el cargo de DIRECTOR
TÉCNICO CÓDIGO 009 GRADO 07DIRECCIÓN
DE PLANEACIÓN DE LA MOVILIDAD de la planta
de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad,
con una asignación básica mensual del año 2019 de $
6.699.270 y gastos de representación de $ 2.679.708.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige
a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
NICOLÁS ESTUPIÑAN ALVARADO
Secretario Distrital de Movilidad
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución Número 0225
(Febrero 4 de 2020)
“Por la cual se modifica el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales para
los empleos de la Planta Global de Personal
Administrativo de la Secretaría de Educación del
Distrito”
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus atribuciones legales y en especial
las conferidas por el Decreto No. 101 de 2004, y
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6735 • pP. 1-8 • 2020 • FEBRERO 12
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CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo
122, consagra: “No habrá empleo público que no tenga
funciones detalladas en la Ley o reglamento”.
Que el artículo 3° de la Resolución 1865 del 14 de
octubre de 2015 establece que el “Secretario de Edu-
cación Distrital, mediante acto administrativo y previa
refrendación del Departamento Administrativo del Ser-
vicio Civil Distrital DASCD, adoptará las modicaciones
o adiciones necesarias para mantener actualizado el
manual especíco de funciones y de competencias
laborales”.
Que la Secretaría de Educación del Distrito en cumpli-
miento de lo establecido en el Parágrafo 2 del artículo
2.2.4.8. del Decreto 815 de 2018 “Por el cual se mo-
dica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentaría
del Sector de Función Pública en lo relacionado con
las competencias comportamentales generales para
los empleos públicos de los distintos niveles jerárqui-
cos”, adecúa su manual de funciones y competencias
dentro de los términos establecidos en la precitada
norma, acogiendo las competencias comportamentales
comunes y por nivel jerárquico que allí se determinan.
Que de acuerdo con el Decreto 1083 de mayo 26 de
2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector de la Función Pública”, y que
es de obligatorio cumplimiento para las entidades de
los niveles central y descentralizado de los órdenes
nacional y territorial, dispone en uno de sus apartes:
“ARTÍCULO 2.2.2.4.9 Disciplinas académicas o
profesiones. Para el ejercicio de los empleos que
exijan como requisito el título o la aprobación de
estudios en educación superior, las entidades y
organismos identicarán en el manual especíco
de funciones y de competencias laborales, los Nú-
cleos Básicos del Conocimiento –NBC- que con-
tengan las disciplinas académicas o profesiones,
de acuerdo con la clasicación establecida en el
Sistema Nacional de Información de la Educación
Superior –SNIES”.
Que la Resolución 588 de 2019, contempla como
requisitos de estudio para los cargos de nivel Direc-
tivo y Asesor disciplinas académicas y conforme a
la precitada norma, la Secretaría de Educación del
Distrito adopta únicamente los Núcleos Básicos del
Conocimiento, en los requisitos académicos para di-
chos cargos de la Planta de Personal Administrativo
de la Entidad.
Que de manera previa a la expedición del presente
acto administrativo, la Secretaría de Educación del
Distrito, procedió de conformidad con lo previsto en
el parágrafo 3° al artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083
de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto
051 del 16 de enero de 2018 “Por el cual se modica
parcialmente el Decreto 1083 de 2015, Único Regla-
mentario del Sector de Función Pública, y se deroga
el Decreto 1737 de 2009”, publicando por el término
reglamentario y socializando de esta manera con las
organizaciones sindicales la presente modicación al
manual de funciones y de competencias laborales.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital emitió concepto técnico favorable mediante
ocio No. 2020-EE-0313 del 4 de febrero de 2020,
como refrendación a la modicación del manual de
funciones y de competencias laborales presentada por
la Secretaría de Educación del Distrito.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Modicar el Manual Especíco de
Funciones y de Competencias Laborales adoptado
mediante la Resolución 3950 del 7 de octubre de 2008,
la cual fue modicada por la Resolución 1865 de 2015,
ajustada por la Resolución 2350 de 29 de diciembre
de 2015, modicada por la Resolución 1676 del 16 de
septiembre de 2016 y posteriormente modicada por
las Resoluciones 1961 de 2017 y 588 de 2019, para
los empleos del nivel directivo y asesor de la Planta
Global de Personal Administrativo de la Secretaría de
Educación del Distrito, los cuales quedarán así:
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6735 • pP. 1-9 • 2020 • FEBRERO 12
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
NIVEL: Directivo
DENÓMINACIÓN DEL EMPLEO Secretario de Despacho
CÓDIGO: 020
GRADO: 09
NÚMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Despacho del Secretario
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
NATURALEZA DEL CARGO Libre nombramiento y remoción
DESPACHO DEL SECRETARIO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL
Dirigir y liderar la formulación y ejecución de políticas, planes y programas que garanticen el derecho a la educación y aseguren a la
población el acceso al conocimiento y a la formación integral, de conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993, y con las políticas y
metas jadas por el Plan de Desarrollo Distrital y el Plan Sectorial de Educación.
III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Asesorar al Alcalde Mayor en la formulación y adopción de políticas, programas y proyectos para el mejoramiento de la educación
en la ciudad de Bogotá D.C.
2. Liderar la formulación del Plan Sectorial de Educación, y los demás planes, programas y proyectos para el cumplimiento de la
misión y el desarrollo de la gestión de la Secretaría de Educación del Distrito.
3. Fijar las directrices para la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos que se requieran para garantizar el acceso
y permanencia en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad, eciencia y equidad de la educación en sus diferentes
formas, niveles y modalidades.
4. Fijar las directrices sobre la participación de la comunidad en la educación y en el gobierno escolar de los colegios y orientar la
formulación de políticas sobre el particular.
5. Hacer efectivas las políticas formuladas mediante la inclusión de objetivos especícos, estrategias y actividades en los programas,
proyectos, espacios, metodologías y otros mecanismos que se propongan para tal n.
6. Dirigir y controlar el cumplimiento de los objetivos de la institución, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas
trazadas.
7. Preparar, con la sustentación debida, los proyectos de Acuerdo sobre temas propios del sector, que deba presentar el Alcalde
Mayor, al Concejo de Bogotá.
8. Aprobar el Sistema de Evaluación de Calidad de la Educación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de
Educación Nacional.
9. Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos
para la Secretaría y los requeridos como cabeza del sector de educación.
10. Hacer seguimiento al desarrollo de las investigaciones disciplinarias a funcionarios de la Secretaría de Educación, de conformidad
con el Código Disciplinario Único y demás normas que lo reglamenten o complementen.
11. Tomar las decisiones tendientes al fortalecimiento y mantenimiento del Sistema de Control Interno de la entidad y orientar su
desarrollo y puesta en marcha.
12. Orientar la formulación del presupuesto de ingresos y gastos de la SED, la determinación de los criterios para asignación y
ejecución de recursos a los proyectos y programas, y delegación de la ordenación del gasto en los casos y circunstancias que se
requiera con apego a la normatividad vigente sobre la materia.
13. Aprobar el Plan de contratación y suscribir los contratos correspondientes a asuntos relativos a la Secretaría Distrital de Educación
(SED) conforme la ley, la delegación del alcalde mayor, y demás normas pertinentes.
14. Orientar la elaboración de los informes requeridos por los organismos administrativos y de control político y scal, de acuerdo con
las normas vigentes, y presentarlos dentro de los tiempos solicitados y presentar al Alcalde Mayor y al consejo Distrital los informes
que le sean requeridos sobre las actividades propias de su despacho.
15. Presidir el Comité Sectorial de desarrollo administrativo de Educación, integrado por la Secretaria de Educación, el IDEP y la
Universidad Distrital Francisco José de Caldas.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Plan de Desarrollo Nacional
Plan de Desarrollo Distrital
Plan Sectorial de Educación
Sistema Educativo Distrital
Administración Pública VI. REQUISITOS
Educación Experiencia
Título profesional en áreas de las Ciencias Sociales y
Humanas, o Economía, Administración, Contaduría y
anes, o Ciencias de la Educación, o Ciencias de la
Salud, o Ingeniería, Arquitectura, Urbanismo y anes,
o Matemáticas y Ciencias Naturales, o Agronomía,
Veterinaria y anes, o Bellas Artes.
Matrícula o Tarjeta Profesional en los casos requeridos
por la Ley.
Título de posgrado.
36 meses de Experiencia Profesional o Docente.

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