Resolución Nº 3492 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 25-01-2019 - Jurisprudencia - VLEX 852322244

Resolución Nº 3492 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 25-01-2019

Fecha25 Enero 2019
EmisorSala de definición de situaciones jurídicas (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)

Al responder cite: 20193350018153

20193350018153

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Bogotá D.C., 25 de enero de 2019

Resolución No. 203

VISTOS

Procede la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz a pronunciarse respecto de la solicitud de libertad transitoria, condicionada y anticipada presentada por el compareciente Á.A.A.G..

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. En escrito de fecha 15 de marzo de 2018, de radicación en el sistema Orfeo 20181510052752, el apoderado del compareciente, comunicó la decisión de someterse libre, voluntaria y conscientemente a la Jurisdicción Especial para la Paz, con la disposición de asumir y suscribir todos los compromisos y responsabilidades que ello supone en los términos del Acto Legislativo No. 1 de 2017, la Ley 1820 de 2017 y demás normas concordantes.

  1. Para ello, adjuntó copia de las decisiones adoptadas en las investigaciones que se adelantan en contra de su prohijado en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, argumentando que las mismas deben ser tramitadas ante esta Jurisdicción. Así, aportó dentro de los radicados que a continuación se citan la siguiente documentación:

a. Única instancia 39768:

-Auto del 6 de diciembre de 2017, donde la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decretó pruebas y ordenó vincular mediante indagatoria al compareciente, expidiendo para tal efecto orden de captura en su contra.

-Auto del 13 de diciembre de 2017, mediante el cual se resolvió la situación jurídica del congresista por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por el delito de concierto para delinquir agravado, conforme a lo previsto en el inciso segundo del artículo 340 de la Ley 599 de 2000, modificado por la Ley 733 de 2002. Contra dicha decisión el procesado interpuso recurso de reposición, la cual fue confirmada mediante auto del 31 de enero de 2018.

b. Proceso No. 51161:

-Auto del 24 de octubre de 2017, mediante el cual se ordenó la apertura de investigación en su contra por el delito de cohecho por dar u ofrecer, previsto en el artículo 407 del Código Penal, por su presunta participación en la entrega de seiscientos millones de pesos ($600.000.000) al exmagistrado de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, F.J.R.G., entre los años 2013 y 2014, con el fin de lograr el archivo de algunos procesos adelantados en su contra en esa Corporación, entre ellos, el radicado 39768 antes citado.

  1. Con acta de reparto 1D del 5 de abril de 2018, fue asignada la citada solicitud a la Sala de Definiciones de Situaciones Jurídicas por parte de la Secretaría Judicial de la JEP y mediante resolución proferida el día 13 de abril de 2018, se avocó conocimiento.

  1. Con resolución No 083 del 07 de mayo de 2018, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó la solicitud de sometimiento del compareciente a la Jurisdicción Especial para la Paz, notificándole la misma de manera personal el día 8 de mayo de 2018.

  1. Por medio de auto 020 del 21 de agosto de 2018, la Sección de Apelación de la JEP revocó la resolución 083 de 2018 y dispuso:

PRIMERO: ORDENAR a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que requiera al señor Á.A.A.G. para que suscriba acta de compromiso y presente personalmente ante ella solicitud de sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz, la cual –en los términos expuestos en esta providencia– deberá contener y expresar un compromiso concreto, programado y claro con la realización de los derechos de las víctimas a la verdad, la reparación y la no repetición.

SEGUNDO: ORDENAR a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que evalúe si el compromiso que llegue a expresarse por el señor A.G. cumple con las condiciones que determinan el ingreso a la JEP de los agentes del Estado que no pertenecen a la Fuerza Pública (sic) y, en consecuencia, decida si es competente o no para conocer de las conductas que él (sic) se le imputan.

  1. El 24 de septiembre de 2018, el compareciente presentó un escrito dirigido a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas en el que expresa su intención de aportar a la construcción de la verdad plena ante esta Jurisdicción conforme a su propia interpretación del auto 020 del 21 de agosto de 2018 y plantea una propuesta de colaboración con la Jurisdicción. Además, solicita que se ordene la firma del acta de compromiso de sometimiento ante la JEP.

  1. Con resolución 1637 del 16 de octubre de 2018, la Sala resolvió:

PRIMERO: Ordenar a la Secretaría Judicial de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz que facilite la suscripción del acta de compromiso de sometimiento a la JEP, y su anexo, por parte del señor Á.A.A.G., privado de la libertad en el Complejo Penitenciario y C. de Bogotá, ubicado en el kilómetro 5 vía a Usme, en la ciudad de Bogotá.

SEGUNDO: Ordenar al señor Á.A.G. que en un término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de comunicación, remita a esta Jurisdicción una ampliación de su propuesta clara, programada y concreta de aporte a la verdad plena, la justicia, la reparación y no repetición en los términos concretos de esta providencia.

TERCERO: Solicitar a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que remita el expediente de radicación 51161 que contiene la investigación adelantada en contra del señor A.G. por el delito de cohecho por dar u ofrecer a esta Sala.

CUARTO: Ordenar a la Unidad de Investigación y Acusación que en un plazo de diez (10) días verifique si existen investigaciones o procesos de carácter penal, administrativo o disciplinario en contra del señor A. que se hayan adelantado ante la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República o que consten en los sistemas SPOA, SIJJUP, SYJYP y en la Unidad de Antecedentes y Anotaciones de la Fiscalía, que sean diferentes a los mencionados en esta providencia.

QUINTO: Ordenar a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) y al Grupo de Análisis de Información (GRAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz que en un plazo de treinta (30) días presente a la Sala un documento de análisis contextual del fenómeno de la “parapolítica” en los términos de esta providencia.

  1. El 14 de noviembre de 2018, la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP presentó al despacho sustanciador un informe final sobre las investigaciones y procesos en contra del compareciente que constan en los sistemas de información de la Contraloría General de la Nación y SPOA. Así, se informó que en el sistema SPOA constan cuatro registros activos relacionados con el compareciente, tres en calidad de denunciante y uno en calidad de indiciado (proceso de radicación 11001600088201800070 por el delito de proxenetismo infantil), del que se adjuntaron las dos últimas piezas procesales.

  1. Dentro del precitado informe consta una comunicación del 23 de octubre de 2018 en la que el abogado del solicitante, B.C.C., informa sobre las investigaciones y procesos que conoce que se han llevado, o se llevan, en contra de su defendido. Así:

110010204000201201989-UI 39768

Corte Suprema de Justicia- Sala Penal- Parapolítica.

Asumido por la JEP con Auto TP-SA No. 020 de 2018.

11001020400020170151700-UI 511161

Corte Suprema de Justicia- Sala Penal

Asumido por la JEP con Auto TP-SA No. 020 de 2018.

11001020400020113561208-UI 36761

Corte Suprema de Justicia- Sala de Casación Penal

Tema Dirección Nacional de Estupefacientes. Archivado por inhibitorio del 18-09-2018.

11001020400020170209600- UI 51718

Sala Especial de Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Tema Odebrecht. En indagación preliminar.

110010204000201701991800 NI 51548

Fiscalía Séptima Delegada ante el Tribunal de Distrito. Adscrita a la Dirección del C.T.I

Asunto relacionado con supuestos delitos sexuales. Fue iniciado por la Corte, pero remitido a la Fiscalía por competencia al...

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