Resolución Nº 6523 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, 2022
Año | 2022 |
Fecha de publicación | 14 Febrero 2022 |
Número de resolución | 6523 |
RESOLUCIÓN No. 6523 DE 2022
“Por la cual se resuelve el recurso de apelación interpuesto por ANDEAN TOWER
PARTNERS COLOMBIA S.A.S., en contra de la Resolución 1220 del 1 de octubre de
2020, expedida por la Secretaría Distrital de Planeación de Bogotá D.C.”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE
COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, en especial la prevista en el numeral 18 del artículo 22 de
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES
El 8 de enero de 2019
1
, ANDEAN TOWER PARTNERS COLOMBIA S.A.S., en adelante ATP,
radicó ante la Secretaría Distrital de Planeación de Bogotá D.C., en adelante SDP, una solicitud de
factibilidad para la ubicación de los elementos que conforman la estación radioeléctrica denominada
BOG_SAN_11, a ubicarse en la carrera 1 con calle 30 - 25 de la localidad de Santa Fe, en la ciudad
de Bogotá D.C., considerado bien de uso público.
El 31 de mayo de 2019, la SDP profirió documento denominado “Acta de Observaciones” bajo el
radicado 2-2019-34549
2
, con el propósito de que ATP realizara correcciones, aclaraciones o
actualizaciones pertinentes para al estudio de factibilidad para la instalación de los elementos que
conforman la estación radioeléctrica denominada BOG_SAN_11.
Dentro de las observaciones contenidas en dicho documento, la SDP realizó las siguientes:
“I. REQUERIMIENTOS URBANÍSTICOS Y ARQUITECTÓNICOS (numerales 17.1.3,
2017):
(…)
3.4 Nota: La estación debe ubicarse dentro de la franja de mobiliario y paisajismo en
cumplimiento del numeral 13.3.3, Artículo 13 del Decreto Distrital 397 de 2017 en donde se indica
que: “Se deberá respetar el diseño del espacio público existente, de acuerdo con las disposiciones
contenidas en las cartillas de mobiliario urbano y andenes del distrito capital vigentes, sin perjuicio
de realizar diseños puntuales conforme con lo dispuesto en el manual de mimetización y camuflaje
para estaciones radioeléctricas y/o las normas que la adicionen, modifiquen, complementen o
sustituyan. Además se debe garantizar la no ocupación de antejardines, los cuales deben estar
demarcados en los planos respectivos.
(SNOT)
(…)
1
Expediente 1-2019-00754 de la Secretaría Distrital de Planeación BOG_SAN_11. Folio 1 a 201
2
Expediente 1-2019-00754 de la Secretaría Distrital de Planeación BOG_SAN_11. Folio 242 a 251
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