Resolución Nº 7 de Secretaria de Educacion del Distrito - Sed, 07-01-2020 - 7 de Enero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967008

Resolución Nº 7 de Secretaria de Educacion del Distrito - Sed, 07-01-2020

Fecha de publicación07 Enero 2020
Fecha de emisión07 Enero 2020
EmisorSecretaria de Educacion del Distrito - Sed
Número de Gaceta6709
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6709 • pP. 1-106 • 2020 • ENERO 7
106
000178 del 30 de agosto de 2017, a la señora CA-
ROLINA FERNANDA BRAND GARCÍA, identificada
con cédula de ciudadanía 52.712.800 en el cargo
Técnico Operativo código 314 grado 09 de la Sub-
dirección Administrativa y Financiera ID 103182.
ARTÍCULO 2°. Nombrar con carácter provisional
en el cargo con vacancia temporal de la planta de
la Secretaría Distrital de Hacienda a:
ID Cédula Nombre y
Apellidos Denominación Código Grado Dependencia Dirección Titular
del Cargo
103181 52.712.800
Carolina
Fernanda
Brand
García
Técnico
Operativo 314 09
Subdirección
Administrativa y
Financiera
Dirección
de Gestión
Corporativa
Blanca
Ligia
Cárdenas
Perilla
ARTÍCULO 3°. Los nombramientos provisionales se
podrán dar por terminados cuando sea remitida por la
CNSC la lista de elegibles para proveer de manera de-
nitiva los empleos, en caso de que el titular del empleo
regrese a su cargo o cuando se congure alguna de
las situaciones señaladas por la Corte Constitucional
mediante Sentencia No. SU-917 de 2010.
ARTÍCULO 4°. La presente resolución rige a partir de
la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes
de enero del año dos mil veinte (2020).
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución Número 0007
(Diciembre 23 de 2019)
“Por la cual se incorporan, modifican y eliminan
del Manual de Procesos y Procedimientos de la
SED, documentos de diferentes áreas y se dictan
otras disposiciones”.
EL (LA) JEFE DE LA OFICINA ASESORA
DE PLANEACIÓN DE LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus facultades legales, en especial la
conferida en la Resolución 1340 del 23 de julio
de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de la Función Pú-
blica, a través del Decreto 1499 del 11 de septiembre
de 2017 “Por medio del cual se modica el Decreto
1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector
Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de
Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753
de 2015” en su artículo 2.2.22.3.9 indica que, en las
entidades autónomas, con regímenes especiales y en
otras ramas del poder público, debe implementarse el
Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG-
Que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institu-
cional, elaboró el Manual Operativo para la implemen-
tación de MIPG, el cual en su capítulo 3.2.1.1 que habla
sobre la Política de Fortalecimiento organizacional y
simplicación de procesos, establece que “la adopción
de una gestión por procesos permite la mejora de las
actividades de la administración pública orientada al
servicio público y para resultados”
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto
591 del 16 de octubre de 2018 “Por medio del cual se
adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión
Nacional y se dictan otras disposiciones”.
Que mediante la Resolución No. 1540 del 30 de mayo
de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó
su Manual de Procedimientos, compuesto por: Proce-
dimientos, Formatos e Instructivos de Trabajo, la cual
ha sufrido modicaciones parciales en el transcurso del
tiempo, situación que hace dinámicas las decisiones
que se tomen en los actos administrativos de modi-
cación de dicho manual.
Que la Ocina Asesora de Planeación de conformidad
con la función establecida en el literal N) del artículo 6
del Decreto 330 de 2008, está encargada de “Coordi-
nar con las dependencias de la SED la elaboración y
actualización de los Manuales de Procesos y Procedi-
mientos de acuerdo con la metodología que se acoja y
proyectar los actos administrativos para su adopción”.
Que de acuerdo con la función establecida en el literal
k) del artículo 5 del Decreto 330 de 2008, el Despacho
del Secretario debe: “Liderar la formulación, implemen-
tación y mejoramiento continuo del Sistema de Control
Interno de la Secretaría y del Sistema de Gestión de
Calidad”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR