Resolución Nº SDH - 000601 DE 2021 de Secretaria Distrital de Hacienda - Sdh, 08-10-2021 - 12 de Octubre de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 876871762

Resolución Nº SDH - 000601 DE 2021 de Secretaria Distrital de Hacienda - Sdh, 08-10-2021

Fecha de emisión08 Octubre 2021
Fecha de publicación12 Octubre 2021
EmisorSecretaria Distrital de Hacienda - Sdh
Número de Gaceta7258
Por la cual se establece el procedimiento para la celebración de acuerdos, contratos o
convenios con instituciones financieras y de servicios financieros, necesarios para el manejo de
recursos por parte de la Dirección Distrital de Tesorería”
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 4 del Decreto
Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 364 de 2015, el artículo 38
del Decreto Distrital 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que a la Secretaría Distrital de Hacienda le corresponde la función tesoral del Distrito Capital,
conforme a lo establecido en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Estatuto Orgánico del Presupuesto
Distrital, Decreto Distrital 714 de 1996 y el Decreto Distrital 192 de 2021.
Que a la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda le corresponde realizar
la gestión de recaudo, administración, manejo, inversión, giro y pagos de los recursos públicos del
Distrito Capital.
Que la gestión de los recursos públicos se debe realizar a través del sistema financiero colombiano,
en particular con las instituciones financieras y de servicios financieros legalmente constituidas en el
país, que se encuentren bajo la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia,
de conformidad con lo previsto en el artículo 38 del Decreto Distrital 192 de 2021.
Que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia están sometidas a las
normas prudenciales del Estatuto Financiero, dirigidas a mitigar los riesgos de los usuarios del Sistema
Financiero, así como las referentes a la prevención del lavado de activos, de manera que, una vez
esta Superintendencia les autoriza un producto financiero, estas entidades quedan habilitadas para
prestar este servicio y mantiene la vigilancia y control de la Superintendencia.
Que actualmente la Secretaría Distrital de Hacienda ha suscrito convenios con instituciones
financieras y de servicios financieros que cumplen no solo con los referidos requisitos legales del
Sistema Financiero, sino que además han acreditado los requerimientos operativos, tecnológicos y de
riesgo, establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda en la Resolución SDH-428 de 2016 y los
respectivos informes emitidos por el Comité de Política de Riesgo, sobre las entidades bancarias en
las que se pueden depositar recursos distritales.
Que el cumplimiento de todos estos requisitos mencionados es suficiente para habilitar a estas
instituciones financieras y de servicios financieros para prestar sus servicios a la Secretaría Distrital

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