Resolución número 00000822 de 2022, por la cual autoriza la importación a Colombia de crustáceos y sus productos, provenientes de países, zonas, compartimentos y/o establecimientos libres de infección por el Virus de la Cabeza Amanilla Genotipo 1 (YHV1) y del virus del Síndrome de las Manchas Blancas (WSSV) - 4 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896650686

Resolución número 00000822 de 2022, por la cual autoriza la importación a Colombia de crustáceos y sus productos, provenientes de países, zonas, compartimentos y/o establecimientos libres de infección por el Virus de la Cabeza Amanilla Genotipo 1 (YHV1) y del virus del Síndrome de las Manchas Blancas (WSSV)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín51938

El Gerente General (e) del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 4º del Decreto 3761 de 2009, modificatorio del Decreto 4765 de 2008, el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015, la Resolución 000336 del 11 de noviembre de 2021, aclarada mediante Resolución 000007 del 11 de enero de 2022, expedidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, es el encargado de velar por la Sanidad Agropecuaria del país a fin de prevenir la introducción y propagación de plagas o enfermedades que puedan afectar la acuicultura a nivel Nacional.

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, erradicación, manejo técnico y económico de enfermedades de los animales y sus productos.

Que es función general del ICA ejercer el control técnico sobre las importaciones de animales y sus productos, y certificar la calidad sanitaria de las exportaciones cuando sea requerido por el país de destino.

Que el Código Sanitario para los Animales Acuáticos de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), establece una serie de medidas tendientes a evitar la propagación de enfermedades entre países, para lo cual ha determinado una lista de enfermedades de declaración obligatoria para los crustáceos, entre las que se encuentran la infección por el virus de la cabeza amarrilla genotipo 1 y por el virus del síndrome de manchas blancas.

Que las enfermedades causadas por infección por el virus de la cabeza amarrilla genotipo 1 (Yellow Head Virus-YHV) y por el virus del síndrome de manchas blancas (White Smear Spot Virus) pueden ser introducidas con la importación de crustáceos decápodos (orden Decápoda), Artemia spp. (en sus diferentes estadios de desarrollo) y poliquetos, así como con la importación de productos de riesgo provenientes de países afectados.

Que el ICA mediante la Resolución 1104 de 2004, modificada por la Resolución 1487 de 2004, prohibió la importación a Colombia de crustáceos y moluscos destinados al consumo humano, en especial de camarón, cangrejo, langosta, bogavantes, langostinos, ostras, ostiones, almejas y calamar entero (vivo, fresco, refrigerado o congelado) en sus diferentes estadios de desarrollo, Artemia spp. (en sus diferentes estadios de...

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