Resolución número 00000845 de 2023, por la cual se autoriza la creación del banco de vacunas de Influenza Aviar como parte de una estrategia del programa de prevención y control destinado a interrumpir la transmisión del virus de Influenza Aviar de Alta Patogenicidady se dictan otras disposiciones - 6 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 923397646

Resolución número 00000845 de 2023, por la cual se autoriza la creación del banco de vacunas de Influenza Aviar como parte de una estrategia del programa de prevención y control destinado a interrumpir la transmisión del virus de Influenza Aviar de Alta Patogenicidady se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín52300

La Gerente General (e), del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 13 de la Ley 1255 de 2008, el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009, los artículos 2.13.1.1.2, 2.13.1.6.1 y 2.13.1.8.1 del Decreto número 1071 de 2015, numeral 3.2.9 de la Resolución número 22990 de 2022, Decreto número 0008 del 2023 del MADR, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es la autoridad responsable de proteger la sanidad animal en Colombia y coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional, con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar al sector agropecuario nacional.

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los animales y sus productos.

Que es deber del ICA adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal.

Que mediante la Ley 1255 de 2008, se declaró de interés social nacional y como prioridad sanitaria la creación de un programa que preserve el estado sanitario de país libre de Influenza Aviar, así como el control y erradicación de la enfermedad de Newcastle en el territorio nacional.

Que de conformidad con el artículo 13 de la referida Ley 1255 de 2008 es función del ICA establecer las medidas de control necesarias para la atención de cualquier emergencia sanitaria.

Que el ICA mediante la Resolución número 1610 del 11 de marzo de 2011, autodeclaró a Colombia como país libre de Influenza Aviar, situación que fue reconocida y publicada por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) dado el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la

OMSA.

Que de conformidad con el artículo 2.13.1.6.1 del Decreto número 1071 de 2015, corresponde al ICA ejercer el control técnico de los insumos agropecuarios, y para tal efecto tiene atribuciones para aplicar las medidas de emergencia y seguridad necesarias, tendientes a proteger la sanidad y la producción agropecuaria del país.

Que de conformidad con el artículo 2.13.1.8.1 del Decreto número 1071 de 2015, cuando un problema sanitario amenace severamente la salud animal, el Gobierno nacional por intermedio del ICA, podrá declarar el estado de emergencia sanitaria y establecer las medidas de control sanitario necesarias para atender dicha emergencia.

Que teniendo en cuenta los focos de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) H5N1 presentados en aves de traspatio en los departamentos del Chocó, Bolívar, Sucre, Córdoba y Magdalena, el ICA mediante Resolución número 22990 del 11 de noviembre de 2022 declaró el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional por la presencia de la enfermedad en aves domésticas (aves de traspatio), con el fin de aplicar las medidas sanitarias de emergencia y seguridad que resulten necesarias, para controlar y erradicar la misma, así como para proteger la avicultura nacional.

Que mediante el artículo 6º de la Resolución ICA número 22990 del 11 de noviembre de 2022, establece que la presente declaratoria no altera el estatus sanitario de Colombia como país autodeclarado como libre de influenza aviar, reconocido por la Organización

Mundial de Sanidad Animal (OMSA), en atención a lo dispuesto por el Código Sanitario para los animales terrestres, ni altera la condición de predios avícolas certificados como compartimentos libres de Influenza aviar.

Que Colombia debido a su ubicación geográfica, es un país considerado de paso obligatorio para las más importantes rutas de aves silvestres migratorias, las cuales se describen como hospedadores naturales del virus.

Que los patrones de temporalidad en las migraciones de aves silvestres se asocian a la estacionalidad, por lo que son fenómenos naturales de ocurrencia cíclica, inevitable y que pueden modificarse por diversos factores ecológicos, climáticos, entre otros.

Que la interacción de las aves silvestres migratorias con las aves residentes y/o con las aves domésticas (aves de traspatio), incluyendo las aves de corral, constituye el factor de riesgo más importante en la transmisión de la Influenza Aviar.

Que el subtipo aislado de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad H5N1 incluye genes norteamericanos y euroasiáticos y dentro de su proceso de evolución ha tenido modificaciones en su dinámica de adaptación y transmisibilidad, entre otras.

Que bajo el contexto anterior, en atención a la rápida difusión de la enfermedad y al inminente aumento de actividad migratoria de aves silvestres desde la ruta centroamericana y la ruta del Golfo de México para los próximos meses, se hace necesario considerar otras medidas sanitarias de prevención y control, en función del riesgo existente para la avicultura nacional.

Que el código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), contempla en su artículo 10.4.28 "Vigilancia para demostrar la ausencia de la infección por influenza aviar de alta patogenicidad" en su numeral 2, condiciones suplementarias para los países, zonas o compartimentos en que se aplica la vacunación: La vacunación puede formar parte de un...

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