Resolución número 00002709 de 2022, por la cual se define el porcentaje de la prima del SOAT para el cubrimiento del pago de las indemnizaciones correspondientes al amparo de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al proceso de reconocimiento de dichas indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito - 23 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 917776404

Resolución número 00002709 de 2022, por la cual se define el porcentaje de la prima del SOAT para el cubrimiento del pago de las indemnizaciones correspondientes al amparo de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al proceso de reconocimiento de dichas indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52257

La Ministra de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por el parágrafo 1º del artículo 113 del Decreto ley 0019 de

2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 113 del Decreto ley 019 de 2012, estableció que para cubrir el pago de las indemnizaciones por concepto de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones, así como el total de costos asociados al proceso de reconocimiento de las indemnizaciones cuya cuantía exceda los quinientos (500) salarios mínimos legales diarios vigentes y hasta la cobertura que defina el Gobierno nacional, las aseguradoras deberán destinar un porcentaje de los recursos de la prima del SOAT de que trata el numeral 1, literal a) del artículo 199 del Decreto ley 663 de 1993, en concordancia con el literal a) del artículo 223 de la Ley 100 de 1993, constituida por el 20% del valor de las primas emitidas en el bimestre inmediatamente anterior.

Que la citada cobertura, fue definida en el artículo 2.6.1.4.2.3 del Decreto 780 de 2016, en un valor máximo de ochocientos (800) salarios mínimos legales diarios vigentes, al momento de la ocurrencia del accidente de tránsito.

Que, mediante la Resolución 1135 de 2012 este Ministerio definió en un 29% el porcentaje de la prima del SOAT para el cubrimiento del pago de las indemnizaciones correspondientes al amparo de gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios por lesiones y el total de costos asociados al proceso de reconocimiento de dichas indemnizaciones como consecuencia de accidentes de tránsito.

Que a través de la Ley 2161 de 2021 se establecieron medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), entre ellas, el descuento por buen comportamiento vial aplicado para la vigencia 2022, especificando que este no podría afectar la contribución realizada a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres); razón por la cual, se modificó el literal b) del artículo 223 de la Ley 100 de 1993, aumentando la contribución equivalente al 50% del valor de la prima anual establecida para el seguro obligatorio de accidente de tránsito, que se cobra en adición a ella, al 52%.

Que, en atención a lo previsto por el numeral 5 del artículo 197 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Gobierno nacional efectuó la revisión de las...

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