Resolución número 00004155 de 2015, por la cual se realiza la convocatoria para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad (CND), señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007para el período 2015 - 2019 - 15 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 585138910

Resolución número 00004155 de 2015, por la cual se realiza la convocatoria para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad (CND), señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007para el período 2015 - 2019

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49666

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 4º del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007 y en desarrollo de lo dispuesto en la Resolución 3393 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo 1º del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007 establece que el Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, seleccionará a los consejeros indicados en los literales d) y e) del referido artículo "a propuesta de la organización de la sociedad civil de la discapacidad de representación nacional que los agrupe y de las entidades prestadoras de servicios, legalmente constituidas", para un período de cuatro (4) años, con la posibilidad de ser reelegidos por una sola vez.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia C-935 de 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 2630 de 2014, realizó la convocatoria para la selección del representante de organizaciones de personas con sordoceguera ante el Consejo Nacional de Discapacidad y, a través de la Resolución 5141 de 2014, se designó su representante, razón por la cual en la presente convocatoria, no se efectúa la del representante de dichas organizaciones.

Que adicionalmente, este Ministerio expidió la Resolución 3393 de 2015, por medio de la cual se reglamentó el mecanismo para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, derogando la Resolución 3942 de 2009, teniendo en cuenta el desarrollo normativo y jurisprudencial que ha tenido el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad.

Que se hace necesario restablecer la representación de la sociedad civil ante el Consejo Nacional de Discapacidad, habiendo fenecido el período determinado en la ley para los representantes señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, con excepción de las organizaciones de personas con sordoceguera, razón por la cual este Ministerio, conforme con las competencias legales asignadas, debe convocar a aquellas organizaciones de la sociedad civil de la discapacidad de representación nacional y a las entidades prestadoras de servicio, legalmente constituidas, para que postulen sus candidatos, con el fin de adelantar el proceso de selección en los términos previstos en esta resolución, para el periodo 2015-2019.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Realizar la convocatoria pública nacional para la selección de los representantes del Consejo Nacional de Discapacidad (CND), de que tratan los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, para el período 2015-2019, conforme con lo expuesto en la parte motiva, así:

  1. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad física,

  2. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad visual.

  3. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad auditiva.

  4. Un (1) representante de organizaciones de padres de familia de personas con discapacidad cognitiva.

  5. Un (1) representante de organizaciones de personas con discapacidad mental.

  6. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad múltiple.

  7. Un (1) representante de personas jurídicas cuya capacidad de actuación gire en torno a la atención de las personas con discapacidad.

Parágrafo. Los representantes de que tratan los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, que hayan fungido como consejeros ante el Consejo Nacional de Discapacidad por el período 2011 a 2015, podrán ser reelegidos, conforme a lo previsto en el parágrafo 1º del precitado artículo, para lo cual deberán surtir el proceso de convocatoria aquí previsto.

Artículo 2º Criterios y mecanismo de evaluación.

El porcentaje asignado a cada uno de los criterios de evaluación señalados en el artículo 9º de la Resolución 3393 de 2015, así como el mecanismo para su evaluación, se establecen en los anexos, que hacen parte integral de la presente resolución.

Artículo 3º Publicación.

La Convocatoria Pública Nacional para la selección de los integrantes del Consejo Nacional de Discapacidad, se publicará en un diario de amplia circulación nacional, mediante un aviso en el que se indicará el sitio web en el que se podrán consultar los principios, criterios, requisitos, etapas y fechas de la convocatoria.

Artículo 4º Equipo Técnico.

El equipo técnico encargado del proceso de selección estará conformado por cinco (5) integrantes, así:

  1. Jefe de la Oficina de Promoción Social

  2. Coordinadora del Grupo de Gestión en Discapacidad de la Oficinade Promoción Social.

  3. Coordinador Grupo de Gestión Integral de Promoción Social de la Oficina de Promoción Social.

  4. Dos (2) profesionales del Grupo de Gestión en Discapacidad de la...

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