Resolución número 000071 de 2023, por la cual se prescribe el Formulario número 420 "Declaración impuesto al patrimonio" por el año gravable 2023 y años gravables siguientes
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 52386 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en especial de las que confieren el numeral 2 del artículo 8 del Decreto número 1742 de 2020, y los artículos 298, 298-1, 298-8, 578 y 579-2 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO:
Que el 13 de diciembre de 2022, se expidió la Ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la Justicia social y se dictan otras disposiciones ”, y mediante el artículo 35 se crea el impuesto al patrimonio a partir del año gravable 2023 y siguientes.
Que el artículo 41 de la Ley 2277 de 2022, modifica el artículo 298-8 del Estatuto Tributario, así: “ARTÍCULO 298-8. REMISIÓN. El impuesto al patrimonio se somete a las normas sobre declaración, pago, administración y control contempladas en los artículos 298, 298-1, 298-2 y demás disposiciones concordantes de este Estatuto”,
Que los artículos 298 y 298-1 del Estatuto Tributario establecen: “ARTÍCULO 298. DECLARACIÓN Y PAGO. El impuesto al patrimonio deberá liquidarse en el formulario oficial que para el efecto prescriba la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales... ”,
La Declaración del Impuesto al Patrimonio deberá presentarse anualmente en el formulario que para el efecto señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y deberá contener: (...) ”.
Que de acuerdo con lo mencionado en los considerandos anteriores, se requiere prescribir el Formulario número 420 “Declaración impuesto al patrimonio” para el cumplimiento de la obligación tributaria a cargo de los contribuyentes y responsables del impuesto al patrimonio por el año gravable 2023 y años gravables siguientes.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución fue publicado del 21 al 31 de marzo de 2023, en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y los comentarios se encuentran resueltos en el informe de observaciones.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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