Resolución número 00007620 de 2016, por medio de la cual se establecen los requisitos para obtener la certificación como Granja Núcleo Libre del Síndrome Reproductivo Respiratorio Porcino PRRS - 24 de Junio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 643956485

Resolución número 00007620 de 2016, por medio de la cual se establecen los requisitos para obtener la certificación como Granja Núcleo Libre del Síndrome Reproductivo Respiratorio Porcino PRRS

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín49914

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 101 de 1993, el Decreto 4765 de 2008, el numeral 4 del artículo 2.13.1.5.1 de la parte 13 del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es la autoridad responsable de proteger la sanidad animal en Colombia y coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades en el sector agropecuario nacional.

Que el Síndrome Reproductivo y Respiratorio Porcino (PRRS por sus siglas en inglés) es una enfermedad endémica en el país y se encuentra difundida en las zonas de mayor producción porcícola principalmente en los departamentos de Antioquia, Caldas, Cundi-namarca, Quindío, Risaralda, Valle del Cauca, Tolima, Boyacá, Nariño, Huila y Cauca.

Que mediante pruebas diagnósticas se han encontrado resultados positivos en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Chocó, Córdoba, Cundinamarca, Huila, Magdalena, Nariño, Meta, Quindío, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca.

Que la Asociación Colombiana de Porcicultores elaboró un programa de desarrollo de la sanidad porcina nacional el cual está siendo apoyado por el ICA a través de la Carta de Entendimiento número 07, la cual tiene por objeto "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y económicos para detectar, caracterizar, prevenir y/o controlar enfermedades infecciosas de importancia en el sector porcícola y/o que puedan afectar la salud humana con el fin de conocer, proteger y mejorar el estatus sanitario de las granjas porcinas en Colombia".

Que entre las medidas de prevención y control de la enfermedad, está la adquisición de pie de cría de reemplazo y de semen, libres del virus de PRRS, ofreciendo a las granjas comerciales las condiciones idóneas para la mejora tanto del material genético como la condición sanitaria.

Que es de alto interés para el sector porcino contar con granjas núcleo certificadas libres de la enfermedad con el fin de mejorar tanto la producción nacional como el estatus sanitario del país.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Establecer los requisitos para obtener el certificado como Granja Núcleo Libre del Síndrome Reproductivo Respiratorio Porcino (PRRS).

Artículo 2º Campo de aplicación.

La presente resolución aplica a toda persona natural o jurídica propietaria, tenedora o poseedora de granjas núcleo de genética porcina que deseen certificar sus predios como libres del Síndrome Reproductivo Respiratorio Porcino PRRS.

Artículo 3º Definiciones.

Para efectos de la presente resolución se establecen las siguientes definiciones:

3.1 Director/Coordinador de Área de Asoporcicultores -FNP: Encargado de coordinar la información relacionada con el envío de las muestras por parte de las granjas y los resultados emitidos por el laboratorio oficial.

3.2 ELISA: Técnica de inmunoensayo comúnmente utilizada para la detección de anticuerpos en muestras de suero.

3.3 Inmunofluorescencia Indirecta (IFI): Técnica en la que se usan anticuerpos unidos a sustancias fluorescentes para la detección de una determinada molécula.

3.4 Núcleo Genético: Granjas porcinas de bisabuelas, abuelas, reproductoras y centros de reproductores, dedicadas a la venta de material genético ya sean animales en pie o semen.

3.5 PCR: Reacción en cadena de la polimerasa, técnica diagnóstica de biología molecular.

3.6 PRRS: Síndrome Reproductivo y Respiratorio Porcino.

3.7 Reactor único: Es un único animal que reacciona positivo a la prueba de ELISA para PRRS. Reportes y observaciones de campo indican que dentro de una población monitoreada en granjas negativas al virus de PRRS, se pueden presentar entre 1.5 - 2% de falsos positivos, por la sensibilidad de la prueba y por los reactores únicos.

Artículo 4º Solicitud.

Toda persona natural o jurídica dedicada a la porcicultura interesadas en obtener la certificación deberá presentar solicitud en la oficina local del ICA ante la que se encuentre registrado el predio, una vez considere que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 5º y 6.2 de la presente resolución.

Parágrafo. Las personas naturales o jurídicas con establecimientos que únicamente se dediquen a la producción de semen y embriones, deberán cumplir con el registro otorgado mediante la Resolución ICA 20033 de 2016 "Por medio de la cual se establecen los requisitos sanitarios y de...

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