Resolución número 000081 de 2024, Radicado ORFEO: 20241020000815, por la cual se determina el procedimiento que se seguirá para resolver las solicitudes de ampliación temporal de capacidad de transporte para la entrega de excedentes de energía, según lo dispuesto en la Resolución CREG 101 034 de 2024 - 20 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1022742911

Resolución número 000081 de 2024, Radicado ORFEO: 20241020000815, por la cual se determina el procedimiento que se seguirá para resolver las solicitudes de ampliación temporal de capacidad de transporte para la entrega de excedentes de energía, según lo dispuesto en la Resolución CREG 101 034 de 2024

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Planeación Minero Energética
Número de Boletín52675

El Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9º del Decreto número 2121 de 2023 y el literal A del artículo 6º de la Resolución CREG 101 034 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 334 de la Constitución Política establece que corresponde al Estado la dirección general de la economía, para lo cual intervendrá, entre otros asuntos, en los servicios públicos y privados, buscando el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo, y la preservación de un ambiente sano.

Que el artículo 365 de la misma Carta Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y es deber de este, asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

Que el artículo 2º de la Ley 143 de 1994 establece que corresponde al Estado, en relación con el servicio de energía, garantizar la prestación continua e ininterrumpida del servicio.

Así mismo el artículo 4º señala que uno de los objetivos del Estado respecto al servicio de energía es "Abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país".

Que el numeral 19 del artículo 4 del Decreto número 2121 de 20231 señala entre las funciones de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), la emisión de los conceptos de conexión al Sistema Interconectado Nacional (SIN), así:

"Artículo 4º. Funciones. Para el cumplimiento de su objeto, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) ejercerá las siguientes funciones: (... ) 19. Emitir, conceptos sobre las conexiones al Sistema Interconectado Nacional, en el marco de la expansión de generación y transmisión de energía, de conformidad con la delegación efectuada por el Ministerio de Minas y Energía".

Que el Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento de la normatividad antes citada, precisó la delegación en la UPME para emitir conceptos de conexión en el inciso segundo del numeral 10 del artículo 4º de la Resolución número 40311 de 20202, así:

"La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) emitirá el concepto de que trata el numeral 19 del artículo del Decreto número 1258 de 2013, de acuerdo con los lineamientos previstos en esta resolución, y aquellos que determine la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)".

Que el Decreto número 1258 de 2013 fue derogado por el artículo 22 del Decreto número 2121 de 2023 "Por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME)".

Que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), en su informe de predicción climática de noviembre 3 de 2023, determinó que: "(...) el comportamiento esperado del clima en Colombia para los próximos seis meses no solo estará influenciado por el ciclo estacional típico de la época del año, de oscilaciones de distinta frecuencia como las ondas intraestacionales y ecuatoriales, sino también por la condición actual del fenómeno El Niño " (negrilla fuera del texto).

Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al referirse a los efectos del fenómeno de El Niño, en la Circular 100002024E400001O del 29 de enero de 2024, precisó: "(...) Los efectos se podrían manifestar a través de la reducción en los niveles de precipitación y aumento de la temperatura que podrían llegar a ocasionar: (i) reducción en la oferta de agua para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR