Resolución número 0000991 de 2015, por medio de la cual se determina el procedimiento para el cargue de la información del detalle de la maquinaria agrícola, industrial, de construcción autopropulsada y minera al sistema RUNT - 20 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 567961830

Resolución número 0000991 de 2015, por medio de la cual se determina el procedimiento para el cargue de la información del detalle de la maquinaria agrícola, industrial, de construcción autopropulsada y minera al sistema RUNT

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49488

La Directora de Transporte y Tránsito, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 14 del Decreto 087 de 2011, la Resolución 261 de 6 de febrero de 2012, el artículo 2º de la Resolución 4430 de 31 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, seña la que:

"Artículo 1º. Ámbito de aplicación y principios. (...)

Le corresponde alMinisterio de Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito".

Que mediante Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014, se reglamentó el registro de la maquinaria perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00 del arancel de aduanas, se permitió el traslado y/o movilización de la maquinaria, sus partes, los horarios, las vías terrestres, fluviales, marítimas y el procedimiento y requisitos para llevar a cabo la expedición de la Guía de movilización o tránsito de la maquinaria.

Que teniendo en cuenta que los importadores de maquinaria, las entidades financieras y las compañías de financiamiento comercial no han culminado el cargue en el sistema RUNT del detalle o información de toda la maquinaria importada perteneciente a las subpartidas 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00, y que mediante la Resolución 4430 de 31 de diciembre de 2014, se ampliaron los plazos determinados en el artículo 15 de la Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014, hasta el veintidós (22) de abril de 2015.

Que con el fin de garantizar el registro en el sistema RUNT de todos los equipos de las citadas subpartidas, de manera adicional la Resolución 4430 de 31 de diciembre de 2014, determinó:

"Artículo 2º. Sin perjuicio de la obligación que tienen los fabricantes, ensambladores, importadores, se autoriza a los propietarios de los equipos de la maquinaria de las subpartidas 8429.77.00.00, 8429.79.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00 y 8905.10.00.00 de que trata la Resolución 3157 de 17 de octubre de 2014 para que realicen el cargue de la información del detalle de los equipos al sistema RUNT, de acuerdo con los estándares y protocolos definidos por la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte".

De esta forma, corresponde a la Dirección de Transporte determinar los estándares y protocolos para llevar a cabo el cargue de la información del detalle de la maquinaria agrícola, industrial, de construcción autopropulsada y minera, por parte de los grandes propietarios, importadores, las entidades financieras y las compañías de financiamiento comercial y adoptar el estándar que debe cumplir la información para el cargue.

Que en mesa de trabajo realizada con la Concesión RUNT S. A., la Subdirección de Tránsito, el Grupo de Coordinación RUNT y representantes de empresas y compañías de financiamiento comercial, quienes actualmente son actores y usuarios del sistema RUNT, se socializa ron los estándares y protocolos para llevar a cabo este cargue.

Que mediante correo electrónico del 14 de abril de 2015, la concesión RUNT oficializó ante este Ministerio, el procedimiento para el cargue de archivos del detalle de la maquinaria.

Que el contenido de la presente resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte, en cumplimiento de lo determinado en el literal octavo (8º) del artículo ocho (8) de la Ley 1437 de 2011, desde el 18 al 20 de marzo de 2015, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas. Recibidos los comentarios, estos fueron evaluados, atendidos y los pertinentes fueron incorporados en el contenido del presente proyecto.

Que en mérito de lo expuesto:

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene como fin, determinar el procedimiento para realizar el cargue masivo al sistema RUNT del detalle de la maquinaria agrícola, industrial, de construcción autopropulsada y minera, por parte de grandes propietarios, importadores, entidades financieras, las compañías de financiamiento comercial y adoptar el estándar que debe cumplir la información para el cargue.

Artículo 2º Procedimiento para el cargue.

Para llevar a cabo el cargue masivo de la información o detalle de la maquinaria al sistema RUNT, los grandes propietarios, importadores, entidades financieras, las compañías de financiamiento comercial que quieran realizar el cargue masivo del detalle de la maquinaria deben encontrarse previamente inscritos en el sistema RUNT y seguir el siguiente procedimiento:

  1. Diligenciar y enviar a la concesión RUNT con copia al Ministerio de Transporte en medio magnético, los archivos planos para el cargue de la información, cumpliendo el estándar adjunto a la presente resolución y firmados digitalmente.

    Para el procesamiento de la información y aplicación del presente procedimiento, deberá remitirse información de al menos veinte (20) equipos por archivo;

  2. ...

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