Resolución número 0001254 de 2015, por la cual se determinan los criterios para la distribución y utilización de recursos de la Subcuenta de Promoción y Prevención del Fosyga, cuyas fuentes de financiación sean las cotizaciones del régimen contributivo y los recaudos por cuotas moderadoras - 23 de Abril de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 567962098

Resolución número 0001254 de 2015, por la cual se determinan los criterios para la distribución y utilización de recursos de la Subcuenta de Promoción y Prevención del Fosyga, cuyas fuentes de financiación sean las cotizaciones del régimen contributivo y los recaudos por cuotas moderadoras

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49491

El Ministro de Salud y Protección Social, en uso de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el artículo 218 de la Ley 100 de 1993, el artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y el Decreto número 1283 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 222 de la Ley 100 de 1993 estableció que los recursos de la Subcuenta de Promoción de la Salud del Fosyga, cuya fuente sea la cotización del régimen contributivo y los recaudos por cuotas moderadoras, se destinarán a la financiación de las actividades de educación, información y fomento de la salud y de prevención secundaria y terciaria de la enfermedad;

Que posteriormente el artículo 42 de la Ley 1438 de 2011, ajusta su nombre a Subcuenta de Promoción y Prevención del Fosyga y dispone que con ella se financiarán las acciones de salud pública, promoción y prevención en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS);

Que el Decreto número 1283 de 1996 asigna las funciones decisorias sobre Fosyga a su Consejo Administrador, ejercidas en ese momento por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y el parágrafo 4º del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 establece que tales funciones serán ejercidas por el hoy Ministerio de Salud y Protección Social;

Que el Decreto número 1283 de 1996, dispone como parte de las funciones del Consejo Administrador del Fosyga, la de determinar los criterios de utilización y distribución de los recursos que administra;

Que este Ministerio en el marco de sus competencias, adoptó el Plan Decenal de Salud Pública (PDSP) 2012-2021 mediante Resolución número 1841 de 2013, de conformidad con lo ordenado en el artículo 6º de la Ley 1438 de 2011, en el que confluyen las políticas sectoriales para mejorar el estado de salud de la población colombiana;

Que igualmente, con la Resolución número 518 de 2015, este Ministerio estableció criterios específicos para la Gestión de la Salud Pública y la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PIC) y en dicho acto se establecieron las intervenciones, procedimientos, actividades e insumos que componen el PIC y las reglas que serán de obligatorio cumplimiento para...

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