Resolución número 000295 de 2023, por la cual se adopta el Manual Operativo del Fondo de Fomento para las Mujeres Rurales (Fommur), y se dictan otras disposiciones - 28 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 942915918

Resolución número 000295 de 2023, por la cual se adopta el Manual Operativo del Fondo de Fomento para las Mujeres Rurales (Fommur), y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín52501

La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el parágrafo 1º del artículo 2.1.6.1.4., el parágrafo del artículo 2.1.6.1.5., los parágrafos 1º y 2º del artículo 2.1.6.1.7., los artículos 2.1.6.1.9. y 2.1.6.2.4. del Decreto número 1071 de 2015; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Constitución Política consagra que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Que el artículo 65 ibídem establece que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales.

Que la Ley 731 de 2002 "Por la cual se dictan normas para favorecer a las mujeres rurales" en su artículo 1º indica que tiene por objeto "mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, priorizando las de bajos recursos y consagrar medidas específicas encaminadas a acelerar la equidad entre el hombre y la mujer rural".

Que el artículo 3º de la mencionada Ley señala que la actividad rural comprende: "desde las actividades tradicionales, tales como las labores agropecuarias, forestales, pesqueras y mineras, hasta las no tradicionales, como el desarrollo de agroindustrias y microempresas, además de otras actividades realizadas en el marco de una perspectiva más amplia de la ruralidad, como son las relacionadas con la integración a cadenas agroproductivas y comerciales en todas sus expresiones organizativas, el turismo rural y ecológico, las artesanías, la transformación de metales y piedras preciosas y otros nuevos campos de oportunidad, incluyendo las actividades de mercadeo, transformación de productos y prestación de servicios que se realicen en torno a ellas".

Que el artículo 5º de la Ley 731 de 2002 dispone que los fondos, planes, programas, proyectos y entidades que favorecen la actividad rural, deberán ajustar sus procedimientos y requisitos en aras de eliminar cualquier obstáculo que impida el acceso de las mujeres rurales a ellos.

Que el artículo 10 de la misma normativa, creó el Fondo de Fomento para las Mujeres Rurales (Fommur) como "una cuenta especial del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el cual deberá orientarse al apoyo de planes, programas y proyectos de actividades rurales, que permitan la incorporación y consolidación de las mujeres rurales y sus organizaciones dentro de la política económica y social del país"".

Que el parágrafo 1º del precitado artículo, señala que teniendo en cuenta el origen de los recursos que se destinen para el funcionamiento del Fommur, estos además deberán ser asignados para la divulgación y capacitación sobre el acceso al crédito, la promoción y la formación de planes, programas y proyectos en favor de las mujeres rurales, así como para la asistencia técnica, comercial y gerencial de los mismos. Igualmente, se dispone que el Fommur podrá financiar u otorgar incentivos, garantías, apoyos y compensaciones que requieran las mujeres rurales.

Que el parágrafo 2º del mismo artículo, determina que el Fommur incentivará tanto la creación, promoción y fortalecimiento de formas asociativas, como el otorgamiento de créditos asociativos, con el fin de lograr una vinculación organizada y directa de las mujeres rurales dentro del mercado. Así mismo, podrá apoyar a los departamentos y municipios que inviertan en planes, programas y proyectos para las mujeres rurales que guarden relación con su objeto social.

Que según el parágrafo 3º ibídem, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará la operación del Fommur.

Que la Ley 2294 de 2023 "Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida"", en su artículo 84 adoptó el reconocimiento de la economía del cuidado no remunerado como actividad productiva del sector rural como "el trabajo de cuidado no remunerado realizado al interior del hogar en zonas rurales, que incluye el cuidado de sus miembros y las actividades domésticas, se considera actividad productiva para efectos de la financiación de proyectos por parte de las entidades que conforman el sector Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo".

Que el artículo 2.1.6.1.4. del Decreto...

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