Resolución número 000413 de 2015, por la cual se establece el procedimiento, metodología y sistemas de información automatizados y tecnológicos para el registro, reporte, pago y recibo de la información de la Cuota de Fomento Porcícola - 13 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 587540102

Resolución número 000413 de 2015, por la cual se establece el procedimiento, metodología y sistemas de información automatizados y tecnológicos para el registro, reporte, pago y recibo de la información de la Cuota de Fomento Porcícola

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín49695

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Decreto número 1985 de 2013 y el artículo 2.10.3.12.7 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de los artículos 64, 65 y 66 de la Carta Política el legislador aprobó la Ley 101 de 1993, Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero, con el propósito de determinar las condiciones de funcionamiento de las cuotas y contribuciones parafiscales para el sector agropecuario y pesquero, entre otras finalidades.

Que la Ley 272 de 1996, "por la cual se crea la cuota de fomento porcino y se dictan normas sobre su recaudo y administración", creó el Fondo Nacional de la Porcicultura y estableció la cuota de fomento correspondiente.

Que la Ley 1500 de 2011, "por la cual se modifican unos artículos de la Ley 272 de 1996 y de la Ley 623 de 2000", modificó la Cuota de Fomento Porcícola y estableció que estaría constituida por el equivalente al treinta y dos por ciento (32%) de un salario mínimo diario legal vigente, por cada porcino, al momento del sacrificio.

Que la Ley 272 de 1996 está reglamentada por el Capítulo 12 del Título 3 de la Parte 10 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario Pesquero y de Desarrollo Rural.

Que el artículo 2.10.3.12.7 del Decreto número 1071 de 2015 establece que "ElMinis-terio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará mediante resolución el procedimiento, metodología y sistemas de información automatizados y tecnológicos para el registro, reporte, pago y recibo de la información de la Cuota de Fomento Porcícola descritos en el presente Capítulo, con indicación de las fases y plazos para su implementación y los plazos de presentación oportuna de los reportes.

Por su parte, el parágrafo del citado artículo 2.10.3.12.7 señala que "Sinperjuicio de lo establecido en el inciso 1º de este artículo, los recaudadores deberán entregar a la entidad administradora del Fondo Nacional de la Porcicultura, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, la información sobre los sujetos pasivos de la...

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