Resolución número 00055 de 2022, por la cual se deroga el artículo 3º de la Resolución número 00516 de 2020 y se dictan otras disposiciones - 19 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 884305552

Resolución número 00055 de 2022, por la cual se deroga el artículo 3º de la Resolución número 00516 de 2020 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín51922

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 9º del Decreto número 4801 de 2011, el Decreto número 1929 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo del Decreto número 4801 del 20 de diciembre de 2011, expedido por el Gobierno nacional, le corresponde al director general, entre otras, dirigir, ordenar, controlar y evaluar el ejercicio de las competencias y funciones asignadas a la entidad.

Que el Decreto 4939 del 29 de diciembre de 2011 estableció la planta de personal encargada de ejecutar las funciones asignadas a la de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas expidió la Resolución número 00526 de 2018 del 13 de julio de 2018 "por medio de la cual se modifica la distribución de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, se delimita la jurisdicción y cobertura geográfica de cada dirección territorial, la cobertura geográfica de cada oficina adscrita, se actualiza la conformación y funciones de los grupos internos de Trabajo del nivel nacional y se deroga la Resolución 002 de 2012 y sus modificatorias".

Que, por su parte, el artículo 2º de la Resolución número 00526 de 2018 fue modificado por el artículo 2º de la Resolución número 001194 de 2019, en cuanto a la jurisdicción y cobertura geográfica de la Dirección Territorial Antioquia.

Que, a su vez, mediante el artículo 3º de la Resolución número 00235 de 2020 se modificó el artículo 2º de la Resolución número 001194 de 2019 respecto a la jurisdicción y cobertura geográfica de las Direcciones Territoriales Bogotá, Cauca y Tolima, a la vez que estableció que la Dirección Territorial Magdalena contaría con una oficina territorial en Santa Marta y una oficina adscrita en Plato y que se crea Quibdó como una oficina adscrita a la Dirección Territorial Bogotá.

Que mediante la Resolución número 00463 de 2020 se derogó el artículo 2º de la Resolución número 00526 de 2018 y sus modificatorias, y se procede al cierre de la oficina Plato adscrito a la Dirección Territorial Magdalena.

Que mediante la Resolución número 00516 de 2020 se derogó el artículo 2º de la Resolución número 00463 de 2020 y se adscribió Sincelejo a la Dirección Territorial Bolívar.

Que la Oficina Asesora de Planeación en el marco de sus funciones, establecidas en el artículo 10 del Decreto 4801 de 2011 y atendiendo la solicitud de la Dirección Territorial Meta sobre modificar su jurisdicción, aplicó el procedimiento "PE-PR-07 Estudio técnico de la eficiencia organizacional de las direcciones, oficinas y/o puntos de atención territoriales de la UAEGRTD- V.2.".

Que la Oficina Asesora de Planeación elaboró el "Estudio Técnico de Eficiencia Organizacional para la Modificación de la Jurisdicción de las Direcciones...

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