Resolución número 000812 de 2023, por medio de la cual se modifica el parágrafo 2º del artículo décimo quinto de la Resolución número 000427 del 30 de junio 2023 - 19 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 950730501

Resolución número 000812 de 2023, por medio de la cual se modifica el parágrafo 2º del artículo décimo quinto de la Resolución número 000427 del 30 de junio 2023

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial
Número de Boletín52553

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, numerales 2 y 12 del artículo 54 y artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, numerales 2 y 13 del artículo 7º del Decreto número 312 de 2021, y

1 "Por la cual se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial, se establecen requisitos para el desempeño de sus cargos, se implementa su Fiscalía General Penal Militar y Policial, se organiza su cuerpo técnico de investigación, se señalan disposiciones sobre competencia para el tránsito al sistema penal acusatorio y para garantizar su plena operatividad en la Jurisdicción Especializada y se dictan otras disposiciones".

2 "Por el cual se fija la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial".

CONSIDERANDO:

Que los numerales 2 y 12 del artículo 54 de la Ley 1765 de 20151 establecen entre las funciones de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, las de "Adoptar y proponer según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar y Policial se imparta oportuna y eficazmente", y "Expedir(...) resoluciones y demás actos administrativos necesarios para el adecuado funcionamiento de la Justicia Penal Militar y Policial".

Que el artículo 95 de la Ley 1765 de 2015, determina que corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial redistribuir la carga laboral de los Juzgados de Instrucción Penal Militar, precisando que las investigaciones podrán ser asumidas por los Juzgados de esta denominación, respetando la especificidad dentro de lo militar o policial del miembro de la Fuerza Pública investigado independientemente del lugar donde hayan ocurrido los hechos.

Que, en virtud de lo anterior, en el artículo 13 de la Resolución número 000427 del 30 de junio de 2023, se dispuso la suspensión del reparto entre otros, del Juzgado 158 de Instrucción Penal Militar de Cali, Valle del Cauca, la entrega de su archivo al Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar, así...

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