Resolución número 001016 de 2015, por la cual se fija el calendario de aplicaciones para el año 2016 de los exámenes que realiza del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) - 30 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 591237050

Resolución número 001016 de 2015, por la cual se fija el calendario de aplicaciones para el año 2016 de los exámenes que realiza del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación, Icfes
Número de Boletín49741

La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes), en ejercicio de sus atribuciones, en especial de las que le confiere la Ley 1324 de 2009 y el Decreto número 5014 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de la Ley 1324 de 2009 establece que los Exámenes de Estado son los siguientes:

"(...) a) Exámenes para evaluar oficialmente la educación formal impartida a quienes terminan el nivel de educación media; o a quienes deseen acreditar que han obtenido los conocimientos y competencias esperados de quienes terminaron dicho nivel;

b) Exámenes para evaluar oficialmente la educaciónformalimpartida a quienes terminan los programas de pregrado en las instituciones de educación superior. (...)";

Que el artículo 12 de la Ley 1324 establece como una de las funciones del Icfes la de "2. Desarrollar la fundamentación teórica, diseñar, elaborar y aplicar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, dirigidos a los estudiantes de los niveles de educación básica, media y superior, de acuerdo con las orientaciones que para el efecto defina el Ministerio de Educación Nacional';

Que el artículo 3º del Decreto Nacional número 3963 de 2009, con relación al Examen de Estado ICFES SABER PRO, señala que "El calendario de aplicación será determinado por el Icfes, (.)";

Que el artículo 2º del Decreto Nacional número 869 de 2010, con relación al examen de Estado ICFES SABER 11, establece que "El calendario de aplicación será determinado por el Instituto Colombiano para la educación de la educación, (...)";

Que el artículo 3º del Decreto número 869 de 2010 también estableció que "Además de los estudiantes que se encuentran finalizando el grado undécimo, podrán presentar el Examen de Estado de la Educación Media y obtener resultados oficiales para efectos de ingreso a la educación superior, quienes ya hayan obtenido el título de bachiller o hayan superado el examen de validación del bachillerato de conformidad con las disposiciones vigentes. /// Quienes no se encuentren en alguna de las situaciones referidas en el inciso anterior, podrán inscribirse para presentar un examen de ensayo, con características similares a las del Examen de Estado de la Educación Media, cuyo resultado no sustituye ninguno de los requisitos de ley establecidos para el ingreso a la educación superior";

Que en mérito de...

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