Resolución número 001308 de 2021, por la cual se modifican los artículos 3º y 4º de la Resolución 840 de 2021 en relación con la población susceptible de vacunación contra el Covid-19 por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por derecho privado - 26 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 875477192

Resolución número 001308 de 2021, por la cual se modifican los artículos 3º y 4º de la Resolución 840 de 2021 en relación con la población susceptible de vacunación contra el Covid-19 por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por derecho privado

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51778

El Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial

de las conferidas por los artículos 592 de la Ley 9a de 1979, 26 del Decreto 109 de 2021,

4º del Decreto 660 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que este Ministerio expidió la Resolución número 840 de 2021 por medio de la cual se establecieron los requisitos para la importación, adquisición y aplicación de las vacunas contra el Covid-19 por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por derecho privado.

Que en los artículos 3º y 4º del referido acto administrativo contemplan los requisitos para la aplicación de las vacunas contra el Covid-19 por personas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado cuando los biológicos se adquirieron de manera directa y cuando tal adquisición se realiza en el marco de las alianzas estratégicas prioritarias, respectivamente.

Que en los numerales 3.2 y 4.2 de los artículos 3º y 4º de la precitada resolución se estableció que las vacunas adquiridas por los destinatarios de dicho acto administrativo, deben ser aplicadas a las personas naturales que habiten el territorio nacional con las cuales tengan un vínculo laboral o contractual directo para la realización de actividades que le permitan el desarrollo de su objeto social y que una vez se encuentren vacunadas estas personas, podrán hacerlo a sus familiares, siempre que habiten el territorio nacional.

Que el presidente de la Asociación Nacional de empresarios de Colombia (Andi), mediante comunicación de 6 de agosto de 2021, informa en relación con las 2.100.000 dosis adquiridas por el ese sector que se "está generando un exceso de biológicos, que las empresas no están pudiendo asignar, dada la limitada población a la que pueden aplicarse según lo dispuesto en la Resolución 840 de 2021. Las empresas nos manifiestan su interés de ampliar el alcance y vacunar más personas, particularmente operaciones mineras y petroleras, empresas agroindustriales entre otras, que tienen fuerte presencia en sus comunidades y avanzados proyectos de responsabilidad social y políticas de entorno..."

Que de acuerdo con el reporte diario de vacunación que realiza la Dirección de Promoción y Prevención se tiene que, con corte a 16 de agosto de 2021, las vacunas aplicadas por las personas de derecho privado en el marco de la Resolución número 840 de 2021, asciende a 704.666 dosis.

Que la petición presentada por la Andi fue analizada en el Comité Asesor del Ministerio de Salud y Protección Social, creado para analizar la estrategia de vacunación contra el Covid-19, en sesión del 10 de agosto de 2021, el cual recomendó ampliar la población que pueden vacunar las...

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