Resolución número 00149 de 2024, por la cual se modifican y adicionan unas secciones de la norma RAC 65 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia ?Licencias al personal Aeronáutico diferente a la tripulación de vuelo? - 31 de Enero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1005549038

Resolución número 00149 de 2024, por la cual se modifican y adicionan unas secciones de la norma RAC 65 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia ?Licencias al personal Aeronáutico diferente a la tripulación de vuelo?

EmisorSuperintendencias - Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
Número de Boletín52655

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las que le confieren los artículos 1782, y 1801 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos , y 13 del Decreto número 1294 del 14 de octubre de 2021, y los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) RAC 11 “Reglas para el desarrollo, aprobación y enmienda de los RAC”, sección 11.100 párrafo (d) subpárrafo 1 (1),

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 37 de la “Convención sobre Aviación Civil Internacional firmada en Chicago el 7 de diciembre de 1944, relativo a la “ADOBOION DE NORMAS V PROCEDIMIENTOS INTERNACIONALES”, los “Estados contratantes se comprometen a colaborar a fin de lograr el más alto grado de uniformidad en reglamentos, normas, procedimientos y organización relacionados con las aeronaves, personal, rutas aéreas y servicios auxiliares en todas las materias en que la uniformidad facilite y mejore la navegación aérea”.

Que, en el mismo artículo, el Organismo Internacional de Aviación Civil dispuso “adoptar y enmendar en su oportunidad y según fuera necesario, las normas internacionales y procedimientos que se recomienden en relación -entre otros- con:

(...)

(d) Licencias para el personal de vuelo y mecánicos

;

Que, la Convención, en el artículo 43, estableció un Organismo denominado: “Organismo Internacional de Aviación”, compuesto -entre otros- por una Asamblea, un Consejo, el cual, adopta de acuerdo con las disposiciones del Capítulo VI de la Convención, “las normas internacionales y los procedimientos recomendados”; a los cuales designó como “anexos a la Convención”; y notifica a los Estados contratantes de las medidas tomadas.

Que, las normas y métodos recomendados para el otorgamiento de licencias al personal fueron adoptadas inicialmente por el Consejo el 14 de abril de 1948 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Convenio, con la designación de “Anexo 1 al Convenio” el cual comenzó a surtir efecto desde el 15 de septiembre de 1948.

Que, en dicho anexo, la “Aplicación de las normas PEL” contienen las “normas y métodos recomendados...

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