Resolución número 00391 de 2023, por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones - 8 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 941249046

Resolución número 00391 de 2023, por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

EmisorFiscalía General de la Nación
Número de Boletín52481

El Fiscal General de la Nación, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las contempladas en los numerales 1 y 19 del artículo 4º del Decreto Ley 016 del 9 de enero 2014, modificado parcialmente por el Decreto Ley 898 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el inciso 2º del artículo de la Constitución Política "[...]

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

Que de acuerdo con lo establecido en el literal e) del artículo de la Ley 105 de 1993 '"Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la nación y las entidades territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones", uno de los principios rectores del trasporte es la seguridad de las personas, la cual [...]

constituye una prioridad del Sistema y del sector transporte".

Que la Ley 1503 de 2011 "Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y se dictan otras disposiciones", define en su artículo 1º "...Los lineamientos generales en educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y en consecuencia, la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública".

Que el artículo 12 de la ley ibídem, modificado por el artículo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019 dispuso acerca del diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial que "(...). Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). (...).

Que el artículo 1º del Decreto número 1252 de 2021 , el cual modificó el artículo 2.3.2.1 del...

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