Resolución número 00416 de 2024, por la cual se modifica parcialmente el artículo 1º de la Resolución número 00010 de 4 de enero de 2024, que establece la escala de honorarios para los contratistas de prestación de servicios tales como, profesionales, profesionales especializados, técnicos, tecnólogos y otros, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) - 14 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1028408864

Resolución número 00416 de 2024, por la cual se modifica parcialmente el artículo 1º de la Resolución número 00010 de 4 de enero de 2024, que establece la escala de honorarios para los contratistas de prestación de servicios tales como, profesionales, profesionales especializados, técnicos, tecnólogos y otros, en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín52698

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998, 1150 de 2007, los Decretos número 1082 de 2015, 1294 de 2021, 2597 de 2022 y, demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que para cumplir los fines y objetivos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil es necesario celebrar entre otros contratos estatales, los de prestación de servicios y de apoyo a la gestión, requiriéndose establecer criterios objetivos para fijar el monto de los honorarios a reconocer como retribución por la prestación del servicio.

Que el Decreto número 1294 de 2021: "Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil (Aerocivil)", en su artículo 2º señala que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), tiene como objetivo: "... garantizar el desarrollo de la aviación civil y de la administración del espacio aéreo en condiciones de seguridad y eficiencia, en concordancia con las políticas, planes y programas gubernamentales en materia económico-social y de relaciones internacionales para el crecimiento del transporte aéreo en Colombia y le compete: (i) ser la autoridad aeronáutica civil en todo el territorio nacional para regular, certificar, vigilar y controlar, en materia aeronáutica a los proveedores de servicios a la aviación civil, el uso del espacio aéreo colombiano y la infraestructura dispuesta para ello; (ii) prestar los servicios a la navegación aérea y operar las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectué con seguridad; (iii) operar, explotar y proveer los servicios aeroportuarios de los aeródromos a su cargo para que se efectué con seguridad; (iv) adelantar la investigación de accidentes e incidentes de la aviación civil, para determinar las causas y factores contribuyentes al suceso; (v) impartir...

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